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Conoce las 12 regiones declaradas en emergencia por riesgo elevado de polio y sarampión

Se adoptarán medidas sanitarias en 12 regiones del país declaradas en emergencia sanitaria por riesgo elevado de polio y sarampión. Foto: ANDINA/difusión.

Se adoptarán medidas sanitarias en 12 regiones del país declaradas en emergencia sanitaria por riesgo elevado de polio y sarampión. Foto: ANDINA/difusión.

08:18 | Lima, may. 25.

El Gobierno oficializó la declaratoria de emergencia sanitaria por "riesgo elevado de brote de poliomielitis y sarampión" en doce departamentos de Perú, debido al incremento de casos de estas enfermedades.

Así lo dispone el Decreto Supremo 013-2023-SA, publicado hoy en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que precisa que la medida estará vigente por 90 días calendario.


De acuerdo a la norma, las regiones declaradas en emergencia sanitaria son: Amazonas, Arequipa, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali; además de la Provincia Constitucional del Callao.

En los considerandos del decreto supremo se indica que el Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades recuerda los casos de poliovirus reportados en una comunidad nativa de Loreto.

A esto se sumó un informe de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, que concluye que existe la evidencia de diversos factores que ponen en riesgo elevado de brote de poliomielitis y sarampión a las regiones de Amazonas, Arequipa, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, y a la Provincia Constitucional del Callao.

En ese sentido, agrega, se requiere de la ejecución de intervenciones inmediatas, a fin de reducir ese riesgo elevado de brote de las citadas enfermedades.

La declaratoria de emergencia sanitaria por riesgo elevado de brote de poliomielitis y sarampión en 12 regiones del país fue adelantada ayer por el jefe del Gabinete Ministerial, Alberto Otárola.


Manifestó que la Presidenta de la República ha dispuesto que se establezca un cronograma para que en el plazo más breve se vacunen más de dos millones y medio de niñas y niños en Perú. "Es una decisión de salud pública inédita y que no se había visto en los últimos años", acotó.

Por su parte, la ministra de Salud, Rosa Gutiérrez, precisó que la meta, en el marco de esta emergencia sanitaria, es vacunar a más de 2 millones 500,000 niños menores de 5 años contra ambas enfermedades. 

"En este escenario trabajamos intensamente para que con un presupuesto de más de 27 millones de soles podamos contratar más de 20,000 brigadas, con las cuales vamos a poder abarcar estas regiones y evitar que tengamos niños con problemas de polio", subrayó.


Precisó que 12 millones de soles de este presupuesto están destinados a la compra de vacunas a fin de alcanzar la meta propuesta. Asimismo, otros 10 millones de soles permitirán solventar la contratación de las 20,000 brigadas de vacunación y los gastos operativos.

Acciones inmediatas


El decreto supremo precisa que corresponde al Ministerio de Salud, al Instituto Nacional de Salud, a las direcciones regionales de Salud y gerencias regionales de Salud de Amazonas, Arequipa, Lambayeque, Loreto, Lima, Madre de Dios, Moquegua, Puno, San Martín, Tumbes, Ucayali y Callao; así como a las direcciones de Redes Integradas de Salud de Lima Metropolitana, realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el plan de acción "Emergencia sanitaria por riesgo elevado de brote de poliomielitis y sarampión en los departamentos de Amazonas, Arequipa, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, y en la Provincia Constitucional del Callao".

El decreto supremo indica, asimismo, que las contrataciones que se efectúen al amparo de la presente norma deben destinarse exclusivamente para los fines que establece la misma, bajo responsabilidad.


Agrega que los saldos de los recursos resultantes de la contratación de bienes y servicios establecidos en el anexo II del presente decreto supremo pueden ser utilizados dentro del plazo de declaratoria de emergencia señalado en el artículo 1 para contratar los bienes y servicios del mismo listado, siempre y cuando no se hayan podido completar las cantidades requeridas.

El decreto supremo lleva la firma de la Presidenta de la República, Dina Boluarte; y es refrendado por la ministra de Salud, Rosa Gutiérrez.

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(FIN) MAO
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Publicado: 25/5/2023