Esta semana el Poder Ejecutivo declaró en emergencia a los distritos de San Juan de Lurigancho, San Martín de Porres, en Lima, y a la provincia de Sullana en Piura, a fin de tomar acciones contra la inseguridad ciudadana. En esta nota recordamos qué es el estado de emergencia y cuáles son sus alcances.
De acuerdo con el artículo 137 de la Constitución Política, el estado de emergencia solo lo puede decretar el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros y dando cuenta al Congreso o a su Comisión Permanente. Se trata de un estado de excepción y se puede establecer en todo el territorio nacional o en parte de él, por plazo determinado.
En el inciso 1 del citado artículo se señala que su duración no puede exceder los 60 días y, en caso de prórroga, se requiere un nuevo decreto. “En estado de emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República”, indica el texto constitucional.
Durante el estado de emergencia puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
El inciso 1 del artículo constitucional 137 agrega que bajo ninguna circunstancia se puede desterrar a nadie durante el estado de emergencia.
El gobierno de la presidenta Dina Boluarte efectuó una declaratoria de emergencia en diciembre de 2022, ante las protestas sociales ocurridas en diferentes partes del país.
En dicha ocasión, a través del decreto supremo 143-2022-PCM, se decretó estado de emergencia a nivel nacional.
Asimismo, el gobierno actual ha decretado estados de emergencia para llevar a cabo acciones contra la inseguridad ciudadana en La Libertad, Lima Metropolitana, Callao y otras jurisdicciones.
Se dictó también dicha medida de excepción en diferentes localidades del país que se vieron afectadas por las intensas lluvias y huaicos ocurridos durante los primeros meses del año, a fin de que se adopten las acciones de respuesta y rehabilitación correspondientes.
Otra situación en que se decretó estado de emergencia fue la de la pandemia de covid-19 entre 2020 y 2021. Los gobiernos de Martín Vizcarra y Francisco Sagasti hicieron uso de dicha prerrogativa para tomar acciones ante el incremento de los contagios y alto número de fallecimientos a nivel nacional causados por dicha enfermedad.
(FIN) MRCA/FGM
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Publicado: 24/9/2023