El pleno es la máxima autoridad del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Es un órgano colegiado integrado por cinco magistrados elegidos por la Corte Suprema, Ministerio Público, Colegio de Abogados de Lima, facultades de derecho de las universidades públicas, facultades de Derecho de las universidades privadas.
El presidente del JNE es elegido por la Corte Suprema de Justicia y es uno de los cinco miembros que integran el pleno del JNE.
Las decisiones del pleno del JNE son producto del voto libre e independiente de los cinco magistrados y cada voto tiene el mismo valor.
El quórum para las sesiones del pleno por ley es de cuatro miembros y para la adopción de decisiones se requiere el voto de mayoría simple.
¿En que casos se usa el voto dirimente?
El artículo 24 de la Ley Orgánica del JNE dispone que únicamente en caso de empate , el presidente del JNE tiene el voto dirimente.
Al respecto, el organismo electoral recordó que desde julio del 2020, cuando venció el periodo del integrante que proviene del Colegio de Abogados de Lima (CAL), el pleno quedó conformado por cuatro magistrados.
El actual presidente se incorporó al JNE en noviembre del 2020 y debido a que el CAL no podía elegir a su representantes, la composición del pleno siguió así hasta febrero del 2022, y desde ese entonces son cinco los integrantes del colegiado.
Durante la gestión del actual presidente del JNE, de los 1094 pronunciamientos del pleno, mientras estuvo integrado por cuatro miembros por ausencia del representante del CAL se aplicó el voto dirimente en 82 ocasiones, lo que representa el 7.5% del total de los pronunciamientos emitidos.
Es decir que la mayoría de decisiones votadas, es decir el 92.5%, fueron resueltas por unanimidad o mayoría simple.
Por ello, al tratarse de un órgano colegiado compuesto por cinco magistrados, su estructura es horizontal y la toma de decisiones se realiza por consenso o mayoría de sus miembros.
(FIN) RMCH/JCR
JRA
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Publicado: 28/3/2023