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Conoce cómo se aprobarán leyes y reformas en sistema bicameral propuesto

El sistema de votación parlamentario cambiaría, de aprobarse dictamen sobre bicameralidad. Foto: cortesía.

El sistema de votación parlamentario cambiaría, de aprobarse dictamen sobre bicameralidad. Foto: cortesía.

15:44 | Lima, jun. 25.

El dictamen con el que se busca restablecer el sistema legislativo bicameral en el país establece nuevos parámetros para la aprobación de leyes y de reformas constitucionales, acordes con la nueva estructura parlamentaria que se pretende implementar.

Así, la iniciativa emitida por la Comisión de Constitución, dispone que las propuestas de reforma constitucional tengan que ser aprobadas con votos que equivalgan a la mayoría absoluta del número legal de integrantes de las cámaras de senadores y de diputados, respectivamente.

Además, tendrán que ser ratificadas mediante referéndum, pudiéndose omitir ese requisito cuando así lo acuerden –con votación superior a los dos tercios del número legal de sus integrantes- tanto la cámara de senadores como la de diputados en dos legislaturas ordinarias sucesivas.


Este texto –correspondiente al artículo constitucional 206– mantiene la disposición establecida en la actual Constitución de que las leyes de reforma constitucional no pueden ser observadas por el Poder Ejecutivo. 

En ese contexto, se mantiene también la potestad de presentar ese tipo de iniciativas por parte del presidente (con visto bueno del Consejo de Ministros) y de la ciudadanía (con firmas del equivalente al 0.3 % de la población electoral), añadiendo a los senadores y diputados.

Proceso legislativo

Asimismo, en el dictamen se plantea modificar el artículo 105 de la Constitución, fijando parámetros para la aprobación de las leyes en el Congreso bicameral. Se busca determinar que ningún proyecto debe dejar de ser debatido en las comisiones dictaminadoras de cada una de las cámaras.

Para ello se indica que cada proyecto debe pasar por un proceso de cuatro fases. La primera será su debate por la comisión ordinaria correspondiente de la cámara de diputados, para luego, en un segundo momento, pasar al pleno de dicha cámara.

La tercera fase corresponderá a la discusión del dictamen en la respectiva comisión ordinaria de la cámara de senadores, y la última tendrá como escenario el pleno de dicha cámara.


La posibilidad de exceptuar a los proyectos de ley de pasar por alguna comisión ordinaria dependerá de los reglamentos que tengan tanto la cámara de senadores como la de diputados.

De igual manera, se mantiene en el dictamen propuesto que las iniciativas legislativas que remita el Poder Ejecutivo tienen carácter de urgente.


(FIN) FGM
GRM

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Publicado: 25/6/2022