El Poder Ejecutivo estableció, mediante el Decreto Supremo 012-2022-PCM, el estado de emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, con la finalidad de enfrentar el flagelo de la delincuencia. Conoce cómo será la intervención de las Fuerzas Armadas durante este periodo.
Durante los 45 días que dura el estado de emergencia, la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
En dicho periodo, las Fuerzas Armadas están facultadas para hacer uso de la fuerza durante el estado de emergencia de acuerdo al
Decreto Legislativo 1095 y su reglamento.
Asimismo, toda patrulla militar contará con la presencia de personal policial. En caso de su ausencia, el personal militar procederá a la detención y puesta a disposición de la autoridad policial.
Además, las patrullas de las Fuerzas Armadas actuarán de acuerdo a procedimientos establecidos en la Constitución Política del Estado, las leyes y reglamentos internos.
De igual modo, el personal militar tiene instrucciones de actuar decididamente, respetando en todo momento la ley, normas y reglamento internos.
El pasado 2 de febrero el Consejo de Ministros aprobó la declaratoria del estado de emergencia en Lima Metropolitana y el Callao por un plazo de 45 días.
En este periodo se suspenden los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9, 11, 12 y 24, literal f, del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
(FIN) JCC
GRM
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Publicado: 5/2/2022