El Pleno del Congreso de la República aprobó la ley que promueve el fortalecimiento, transparencia y meritocracia del servicio civil a través de la implementación de una plataforma integrada para la gestión de recursos humanos.
La iniciativa legislativa fue aprobada por unanimidad y obtuvo 112 votos a favor. Asimismo, fue exonerada de segunda votación con 111 votos.
El proyecto plantea la creación de la referida plataforma como parte del sistema administrativo de gestión de recursos humanos (SAGRH) para fortalecer la transparencia en las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, en el marco de la modernización del Estado, la lucha contra la corrupción y el buen uso de los recursos públicos.
La propuesta comprende a las entidades públicas señaladas en la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, así como a los servidores civiles independientemente de su régimen de vinculación. Se encuentran comprendidos también las empresas públicas del Estado.
El contenido de la plataforma contará, como mínimo, con lo siguiente:
- Los documentos de gestión de las entidades públicas elaborados en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo con sus competencias.
- La información producida durante los procesos de selección de postulantes ai servicio público, incluyendo el registro de audio y video de las entrevistas desarrolladas.
- El legajo de los servidores civiles desde su incorporación hasta el cese en cualquier entidad pública. Esto consiste en datos de identidad, formación educativa (incluyendo grados y títulos), experiencia laboral, antecedentes policiales, penales y judiciales, sanciones administrativas y/o disciplinarias, y otras que se dispongan en normas complementarias.
Asimismo, se señala que el
Congreso pueda tener acceso a la información de la plataforma en tiempo real.
La administración, diseño e implementación de la plataforma estará a cargo de la
Autoridad Nacional del Servicio Civil (
Servir) y será financiada con sus propios recursos.
El Poder Ejecutivo, a propuesta de Servir, deberá aprobar el reglamento de la ley en un plazo no mayor de 90 días hábiles, contados a partir de su entrada en vigor.
(FIN) GDS/CVC
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Publicado: 23/3/2023