Congreso: proponen que El Peruano sea reconocido en la Constitución como diario oficial

El Diario Oficial El Peruano conmemoró 200 años de vida institucional y se constituye en el periódico en circulación más antiguo de América Latina.

El Diario Oficial El Peruano conmemoró 200 años de vida institucional y se constituye en el periódico en circulación más antiguo de América Latina.

07:53 | Lima, set. 15.

En el Congreso de la República se presentó un proyecto de ley que plantea una reforma constitucional para que el Diario Oficial El Peruano sea reconocido en la Carta Magna como el medio oficial de comunicación del Estado peruano.

La propuesta fue presentada por el diputado Carlos Domínguez (Fuerza Popular) y señala que su finalidad es reconocer el rol institucional de El Peruano como medio único de publicidad normativa.

Se destaca, además, que su continuidad ininterrumpida desde 1825 “constituye una garantía histórica del principio de publicidad, de la seguridad jurídica, de la validez de los actos normativos y de autonomía funcional”.

En ese sentido, el proyecto de ley plantea la modificación del tercer párrafo del artículo 40, el primer párrafo del artículo 41, el artículo 109 y el primer párrafo del artículo 204 de la Constitución Política del Perú, para que se incorpore de manera expresa a El Peruano en su redacción.


De acuerdo con la propuesta, estos artículos quedarán redactados de la siguiente manera:

Artículo 40.– Carrera Administrativa

Es obligatoria la publicación periódica en el Diario Oficial El Peruano de los ingresos que, por todo concepto, perciben los altos funcionarios, y otros servidores públicos que señala la ley, en razón de sus cargos.”

Artículo 41.– Declaración jurada de bienes y rentas

Los funcionarios y servidores públicos que señala la ley o que administran o manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por este deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos. La respectiva publicación se realiza en el Diario Oficial El Peruano en la forma y condiciones que señala la ley. […]”

Artículo 109.– Vigencia y obligatoriedad de la ley

La ley es obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición contraria de la misma ley que posterga su vigencia en todo o en parte”.

Artículo 204.– Sentencia del Tribunal Constitucional

La sentencia del Tribunal que declara la inconstitucionalidad de una norma se publica en el Diario Oficial El Peruano […].”


El proyecto del diputado Domínguez señala en su exposición de motivos la necesidad de establecer de manera expresa y categórica que la publicación oficial de las normas con rango de ley se realiza en el Diario Oficial El Peruano, ya que diversos artículos de la Carta Magna hacen mención solo a un “diario oficial”.

“Se fortalece el contenido normativo de la Constitución al incorporar de forma clara el canal a través del cual se produce la entrada en vigencia de las normas legales, lo que ofrece seguridad jurídica, previene interpretaciones arbitrarias y otorga transparencia al sistema jurídico”, indica la propuesta legislativa.


(FIN) MCA/CCR
GRM


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Publicado: 15/9/2026