El Pleno del Congreso de la República aprobó el informe final de la Comisión de Fiscalización y Contraloría que recomienda acusar constitucionalmente al expresidente Pedro Castillo y al exministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Geiner Alvarado.
La moción fue aprobada con 61 votos a favor, 34 en contra y 4 abstenciones.
El presidente del referido grupo de trabajo, Héctor Ventura (Fuerza Popular), tuvo a su cargo la sustentación del informe que señala la presunta comisión del delito de organización criminal, colusión, tráfico de influencias, negociación incompatible o aprovechamiento del cargo por parte del ex mandatario.
Según señala el documento, existen indicios razonables de que el ex titular del
MVCS y su entorno de funcionarios de su despacho concertaron con Castillo para favorecer a empresarios conocidos como “Los chiclayanos” con proyectos de agua y saneamiento, que ascenderían a 4 millones de soles.
El informe será remitido a la
Fiscalía de la Nación en mérito a los indicios razonables señalados y lo exhorta a que en el más breve plazo establezca las responsabilidades penales de los acusados.
El informe considera los presuntos delitos de corrupción en la ejecución de los proyectos de inversión financiados por las municipalidades de Anguía, Chachapoyas y Chadín; así como los financiados por el Ministerio de Vivienda al amparo del Decreto de Urgencia N.° 102-2021.
Los delitos habrían sido dirigidos a través de una presunta organización criminal familiar dirigida desde Palacio de Gobierno y liderada por Pedro Castillo.
Integrantes
También se concluye que dicha organización estaría integrada por otros agentes, como su esposa Lilia Paredes, sus cuñados, el exministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el investigado Hugo Espino y otros.
Los favorecidos serían el alcalde José Nenil Medina Guerrero y los empresarios Abel Cabrera Fernández y Segundo Alejandro Sánchez Sánchez.
Durante la sustentación, Ventura destacó que el informe alcanzado es producto del trabajo de investigación realizado en 18 sesiones ordinarias y extraordinarias, además de haberse recogido 36 testimonios, incluidas las de 12 investigados.
Casas de apuestas
En otro momento, la Representación Nacional aprobó y exoneró de segunda votación el proyecto de ley que propone modificar la Ley 31557, Ley que regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, para precisar conceptos y sus alcances.
plantea modificar el régimen de autorizaciones y registro de las personas jurídicas que desarrollen actividades de juegos, las condiciones respecto a la aceptación de las apuestas, los sistemas progresivos, los medios de juego permitidos, los medios de pago de apuestas o premios, entre otros.
Asimismo, propone modificar la determinación de la base imponible del impuesto a los juegos a distancia, el cual estará compuesto por el importe de las apuestas percibidas en el mes.
Canon petrolero en Loreto
Del mismo modo, el Pleno aprobó y exoneró de segunda votación el proyecto que propone modificar la Ley 24300, a fin de mejorar la distribución de canon y sobrecanon petrolero en Loreto.
La propuesta establece la siguiente distribución del canon:
- El 10% del total recaudado se destina para los gobiernos locales de la municipalidad municipalidades donde se explota el recurso natural.
- El 20 % del total recaudado se destina para los gobiernos locales de las municipalidades distritales de las provincias donde se explota el recurso natural.
- El 40 % del total recaudado se destina para los gobiernos locales de las municipalidades distritales y provinciales del departamento donde se explota el recurso natural.
- El 20 % del total recaudado se destina para el gobierno regional donde se explota el recurso natural.
- El 5 % del total recaudado se destina para las universidades nacionales del departamento donde se explota el recurso natural. La distribución debe ser en partes iguales en caso existan más de una universidad nacional en el departamento.
- El 3 % del total de lo recaudado se destina para el Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana.
- El 2 % del total recaudado se destina para los institutos tecnológicos nacionales del departamento donde se explota el recurso natural. La distribución debe ser en partes iguales en caso exista más de un instituto tecnológico nacional en el departamento.
En relación al sobrecanon, se distribuirá de la siguiente manera:
- El 40% del total recaudado se destina para los gobiernos locales de la municipalidad
- municipalidades donde se explota el recurso natural.
- El 52% del total recaudado se destina para el gobierno regional donde se explota el recurso natural.
- El 5% del total recaudado se destina para las universidades nacionales del departamento donde se explota el recurso natural. La distribución debe ser en partes iguales en caso exista más de una universidad nacional en el departamento.
- El 3% del total de lo recaudado se destina para el Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana.
(FIN) GDS/JCC
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Publicado: 25/5/2023