El Congreso no puede desobedecer el fallo que ordena suspender la investigación a los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), de acuerdo con la jurisprudencia existente sobre la materia, sostuvo el abogado y exprocurador César Azabache.
El jurista recordó que un amparo definitivo ordenó al Parlamento detener dicho procedimiento, al haberse vulnerado el derecho al que tiene toda persona a ser debidamente informada de los cargos que habría en su contra antes de citársele a declarar.
“Con ocasión del caso García, quedó asentada en nuestra jurisprudencia una regla conforme a la cual incluso las competencias del Congreso en asuntos regulados por la Constitución deben desarrollarse atendiendo a las garantías del debido procedimiento, que también le alcanzan”, explicó Azabache.
El exprocurador señaló que no es el único precedente, ya que, a finales de los noventa, la destitución de tres magistrados del Tribunal Constitucional por parte del Parlamento de ese entonces enfrentó una condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por razones semejantes.
En ese sentido, señaló que existe una jurisprudencia que tiene “una línea uniforme de ejemplos que muestran que incluso el Congreso de la República debe detenerse cuando una autoridad jurisdiccional encuentra una violación a derechos de los emplazados”.
JNJ y el ex CNM
El abogado señaló que, al no tener el caso de la JNJ ese carácter autoevidente, el punto radica en qué comportamientos pueden ser calificados como falta grave a nivel constitucional, al no existir un dispositivo legal que establezca reglas para ello.
“El debate que se ha registrado en estas semanas, sobre la consistencia o no de los cargos formulados contra la Junta por el Congreso, muestra que hay en esto cuestiones debatibles, que impiden proceder sin que haya una ley previa que señale con precisión cuáles son los límites de esas reglas”, indicó Azabache.
(FIN) MRCA/JCC
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Publicado: 8/11/2023