Congreso: dictamen protege a padres de hijos con discapacidad severa en caso de despido

Texto fue aprobado por Comisión de Trabajo

ANDINA/Difusión

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11:44 | Lima, abr. 29.

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprobó un dictamen que plantea incorporar la nulidad de despido del trabajador por responsabilidades en el cuidado de sus hijos con discapacidad severa o incapacidad permanente total, siempre que esta situación haya sido comunicada al empleador.

La iniciativa aprobada por unanimidad, con 12 votos a favor, propone modificar el art.65 del Decreto Legislativo 728, Ley de Fomento del Empleo, para incorporar esta causal de nulidad de despido.

Este nuevo supuesto, conforme a la legislación comparada con otros países como Argentina, Ecuador y la jurisprudencia internacional, se conoce como “discriminación por asociación”.

El texto refiere que si bien el artículo 2.2 de la Constitución Política del Perú y la normativa laboral prohíben todo tipo de discriminación, los operadores jurídicos nacionales están aplicando la nulidad de despido cuando la discriminación opera únicamente contra el trabajador y no sobre terceros que dependen de él.

En ese sentido, el grupo de trabajo concordó en que la nulidad de despido tenga como prioridad, además, a las madres trabajadoras que asumen en forma exclusiva o principal el cuidado de sus hijos con discapacidad severa o incapacidad permanente para el trabajo.


Otros dictámenes aprobados


Además, el grupo de trabajo aprobó, por unanimidad, el dictamen que propone ampliar el beneficio de la asignación familiar a trabajadores con hijos mayores de 18 años con diagnóstico de enfermedad rara o huérfana.

Asimismo, con 9 votos a favor, 2 en contra y 0 abstenciones se aprobó, por mayoría, el dictamen que propone autorizar a las entidades del sector público a nivelar las remuneraciones de los servidores CAS indeterminados con las que perciben los nuevos trabajadores que cumplen similares funciones.

De igual modo, se aprobó por unanimidad el dictamen de insistencia a la autógrafa de ley que establece la continuidad del seguro de salud a cargo de las entidades prestadoras de salud (EPS) al término de la relación laboral.

(FIN) NDP/MCA/FHG
JRA


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Publicado: 29/4/2026