El pleno del Congreso de la República, que sesionará del 13 al 15 de diciembre, tiene en su agenda el dictamen que recomienda la insistencia en la autógrafa observada por el Poder Ejecutivo, la cual propone modificaciones en el proceso especial por colaboración eficaz.
Se trata del p
royecto de ley 565 que plantea modificar los artículos 473, 476-A y 481-A del Nuevo Código Procesal Penal, a fin de fortalecer el proceso especial por colaboración eficaz.
La primera observación es respecto al plazo para que un aspirante a colaborador eficaz pueda ser aceptado o denegado como tal. La propuesta legislativa fija como plazo máximo ocho meses, el cual puede ser ampliado por causas justificadas por cuatro meses. En caso de crimen organizado la prórroga podrá ser por otros ocho meses.
Según el Poder Ejecutivo este plazo es corto, pudiéndose convertir en un obstáculo para el adecuado trámite de los procedimientos, pues no respondería a la complejidad de los delitos en los que se autoriza el uso de la colaboración eficaz, como son delitos de crimen organizado y otras formas delictivas graves como lavado de activos, trata de personas, corrupción de funcionarios, delitos informáticos, etc.
Por ello, propone como plazo razonable un máximo de 36 meses, el mismo que debe ser improrrogable.
La segunda observación es por la afectación al principio de coherencia normativa en la iniciativa legislativa. Se indica que la responsabilidad penal a que se alude en el numeral 12 del artículo 473° del Código Penal no es concordante con la tipificación del delito contenido en el articulo 409-B actual del Código Penal.
El Ministerio Público también señaló la necesidad de un mayor análisis y debate a la autógrafa de ley. Sin embargo, la Comisión de Justicia aprobó el dictamen en mayoría, que recomienda la insistencia en la autógrafa observada por la presidenta de la República.
(FIN) RMCH/JCR
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Publicado: 12/12/2023