La Comisión de Justicia Derechos Humanos del Congreso debatirá mañana el proyecto de ley que establece sanciones a los padres que obstruyan e impidan el cumplimiento del régimen de visitas a sus hijos.
La iniciativa legislativa, cuyo autor es el legislador Alejandro Aguinaga (Fuerza Popular), crea e implementa el Registro Nacional de Progenitores Obstructores (RENPROB), órgano a cargo del Poder Judicial que reconocerá el incumplimiento de los procesos de tenencias y de régimen de visitas.
La propuesta legislativa se sustenta en el principio de que el régimen de visitas constituye un derecho otorgado al progenitor que no ejerce la tenencia del hijo, a fin de no quebrantar la relación paterno-filial.
El registro llevará un consolidado de los progenitores que incumplan las obligaciones contenidas en sentencias consentidas y acuerdos conciliatorios.
Entre las sanciones que se aplicarían con esta norma se incluye la orden de captura inmediata, el impedimento de salida del país, la imposibilidad de postular a cargos electivos en los sectores públicos y privados, no ocupar puestos en la función pública ni ser contratistas ni proveedores del Estado ni acceder a créditos bancarios.
La obstrucción podría ser considerado causal para la variación inmediata de la tenencia y el pago de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por cada mes de obstrucción, siendo esta penalidad acumulativa, entre otras sanciones.
Se debe precisar que se establece como obstructor a quienes no faciliten al progenitor que tiene el régimen de visitas y/o a los abuelos y otros familiares, a quienes no cumplan con el régimen de visitas establecidas por resolución judicial o acta de conciliación, al progenitor que obstruye de manera injustificada y/o sistemáticamente el vínculo filial.
Esta propuesta propuesta legislativa se complementa con la Ley 31590, Ley que regula la Tenencia Compartida.