La Comisión de la Mujer y Familia del Congreso ha aprobado un dictamen que propone fortalecer la Ley que previene y sanciona el acoso contra las mujeres en la vida política.
El dictamen alcanzado señala que el ámbito de aplicación es a las mujeres que sean candidatas a cargos políticos, autoridades electas, funcionarias que desempeñen cargos políticos, autoridades de comunidades campesinas, militantes de organizaciones políticas e integrantes de asociaciones, fundaciones o sindicatos.
Asimismo, se propone que el
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (
MIMP) imponga sanciones a las personas naturales o jurídicas que cometan actos que tengan por objeto menoscabar, discriminar, anular, impedir, limitar, obstaculizar o restringir el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos políticos de las mujeres.
Asimismo, deberá poner sanciones a las organizaciones políticas que no adopten medidas preventivas y de protección en las denuncias o que no investiguen los casos.
Por su parte, el
Ministerio de Cultura deberá supervisar el cumplimiento de obligaciones en comunidades campesinas, comunales, indígenas u originarias, y afrodescendientes, particularmente en las organizaciones que participan en los diferentes espacios de participación promovidos por el sector.
Además, brindará asistencia técnica para promover la participación política de las mujeres indígenas u originarias, y afroperuanas, con pertinencia cultural y lingüística, en los diferentes espacios políticos.
Para los órganos del sistema electoral, el dictamen estipula que se investigue y sancione la propaganda en la que no se respete el principio de igualdad y no discriminación, en tanto contengan mensajes sexistas o basados en estereotipos de género.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) también impondrá sanciones a las organizaciones políticas que no adopten medidas preventivas y medidas de protección en las denuncias.
A los gobiernos regionales y locales se les insta a incluir como falta grave en el reglamento interno del concejo municipal y en el reglamento interno del consejo regional respectivamente los actos de acoso contra las mujeres en la vida política.
Las organizaciones sociales deberán tomar medidas preventivas y aplicación de normas internas para sancionar los actos de acoso, mientras que los medios de comunicación deberán incorporar en la franja educativa dispuesta por Ley 30364 la difusión de los derechos políticos de las mujeres sin acoso en la vida política.
Como obligaciones institucionales, se propone que toda institución pública u organización política establezca procedimiento que tenga por finalidad proteger a la víctima durante todo su desarrollo. Dicho procedimiento contará con dos etapas: una de protección en la que se dicten medidas para la misma y otra de sanción.
Las medidas de protección pueden incluir suspender temporalmente o de todos los derechos al presunto acosador y emitir una orden de impedimento de acercamiento a la víctima.
En el caso de las multas a aplicarse tras determinarse la sanción, estas van desde una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) hasta las 50 UIT, dependiendo de la gravedad de la infracción.
Registro de acosadores
También se ha presentado un proyecto de ley, que se encuentra en la Comisión de Constitución y Reglamento, para incorporar un registro de acosadores a las mujeres en la política.
La iniciativa del Bloque Magisterial señala que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) deberá implementar el registro de sancionados por acoso contra las mujeres en la vida política, el cual será de acceso público en el portal institucional del ministerio.
Asimismo, se señala que las organizaciones políticas deberán reportar los actos de acoso políticas y las sanciones provenientes de ellos al MIMP a fin de que también para la implementación del referido registro.