La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso aprobó el dictamen que propone regular los plazos para procedimientos de riesgo, desprotección familiar y adopción.
De acuerdo con el presidente de dicho grupo de trabajo, Américo Gonza Castillo (PL), el dictamen tiene el propósito de reducir los plazos de procedimientos administrativos relativos a la adopción de niñas, niños y adolescentes declarados en desprotección familiar y adoptabilidad.
La propuesta legislativa modifica los artículos 55 y 63 del Decreto Legislativo 1297 para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, además de proponer una Disposición Complementaria Final.
Con respecto al artículo 55, la propuesta incorpora el siguiente párrafo: "El plazo del plan de trabajo individual no puede exceder los quince (15) meses”.
Asimismo, la disposición complementaria precisa que estos plazos "no son de aplicación para casos especiales como niños y adolescentes con enfermedades crónicas o mentales, gestantes, personas con discapacidad o pertenecientes a un grupo de hermanos; para estos casos los plazos son establecidos de acuerdo a sus necesidades particulares”.
Otros dictámenes
La comisión aprobó también el dictamen que establece un plazo razonable para la suspensión de la prescripción.
El dictamen, aprobado por mayoría (11 votos a favor, 2 votos en contra y 1 abstención), recae en el proyecto de ley 3991/2022 que modifica el artículo 84 del Decreto Legislativo 635 Código Penal.
La propuesta tiene “por objeto garantizar el debido proceso y el plazo razonable del proceso penal”. Añade que "la suspensión de la prescripción no podrá prolongarse más allá de los plazos que se disponen en las etapas de la ley procesal penal u otros procedimientos. En ningún caso la suspensión de la prescripción será mayor a un (01) año”.
Otro dictamen aprobado fue el de insistencia recaído en las observaciones del Ejecutivo hacia la Autógrafa de la "Ley que modifica la Ley 28970, Ley que crea el registro de deudores alimentarios morosos".
La modificación propone "disponer la inscripción del deudor alimentario moroso a solicitud de parte".
Sobre ello, se consideró pertinente acoger la observación planteada por el Poder Ejecutivo “relacionada con el procedimiento para ofrecer mayores garantías y hacer efectiva la inscripción de un (a) deudor (a) moroso (a) en el REDAM (…)” (Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Poder Judicial).
La comisión también aprobó por mayoría el dictamen recaído en las observaciones del Ejecutivo hacia la Autógrafa de la "Ley que modifica el artículo 190 del Decreto Legislativo 635 del Código Penal para sancionar en materia de seguridad social”.
Finalmente, se aprobó por mayoría el dictamen recaído en el proyecto de ley 03366/2022, que modifica el Código Penal para tipificar el delito de terrorismo y sancionar con pena de muerte.
(FIN) NDP/NGB/CVC
JRA
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