Las universidades públicas y privadas pueden abrir sus puertas, de manera excepcional, al personal que desarrolla investigación para que retome actividades de laboratorio que venían desarrollándose antes del estado de emergencia, a fin de evitar que se perjudiquen.
La resolución no solo autoriza al ingreso de las sedes universitarias sino a sus filiales para desarrollar, entre otras cosas, acciones que resulten necesarias para atender las investigaciones y actividades de laboratorios, vinculadas a la prestación del servicio educativo, que venían desarrollándose antes de la pandemia.
Del mismo modo, Concytec informó a la comunidad universitaria que los proyectos de investigación con fines no educativos y que responden al cumplimiento de los compromisos adquiridos con las agencias de financiamiento nacionales e internacionales también podrán reiniciar sus actividades en concordancia con los literales k) y m), inciso 4.1 artículo 4 del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM.
El comunicado recuerda que el reinicio de estas actividades debe estar alineado con el
Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, el cual establece excepciones a la limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas.
Igualmente, este retorno a las universidades deberá cumplir con todas las disposiciones sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud.
Debe indicarse que la Resolución Viceministerial N° 105-2020-Minedu permite además, de manera excepcional, el recojo de libros, cuadernos de trabajo y material educativo en general de las universidades.
También el mantenimiento, reparación y mejora de las plataformas informáticas y tecnologías de la información de la universidad, que tengan por finalidad garantizar la conectividad de los docentes y los estudiantes, así como el acceso de los mismos a los diversos servicios de la universidad.
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(FIN) NDP/RRC