Toda persona que es dueña de un inmueble o vehículo debe declarar y pagar el impuesto predial y vehicular de manera anual. Asimismo, deberá pagar los arbitrios cuya recaudación permite a la Municipalidad de Lima mantener e invertir en los servicios de limpieza pública, fortalecer la seguridad ciudadana y el mantenimiento de parques y jardines.
En tanto que, la recaudación de los impuestos permite a la comuna limeña impulsar programas sociales y ejecutar obras en el beneficio de todos los vecinos.
Por ello el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que el pago predial se deberá efectuar a partir del año siguiente de producida la compra del inmueble y podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada en cuatro cuotas, que vencen en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre.
Para los propietarios de autos, buses y ómnibus que han sido declarados en Lima, deben realizar el pago del impuesto vehicular en el SAT durante los tres primeros años, contados a partir del año siguiente al que se realizó la primera inscripción, ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp).
Para el caso de arbitrios, se hace un único descuento del 5% para los contribuyentes que realicen el pago total anual en febrero.
¿Dónde realizar el pago?
En la sede central del SAT, ubicada en el Jr. Camaná N° 370. En agencias descentralizadas, ubicadas en el Jockey Plaza (Surco), Megaplaza (Independencia), Av. Ricardo Palma N°294-A (Miraflores) y Av. De Los Héroes N°638-A (San Juan de Miraflores), en donde se puede realizar el pago en efectivo, con tarjeta de crédito o débito. Asimismo, en bancos y agentes BCP, BBVA Continental, Interbank, Banbif, Scotiabank, además de Caja Metropolitana, Western Unión y agente Kasnet.
Para mayor información pueden contactarse al Aló SAT 315-2400, WhatSAT 999431111, correo institucional asuservicio@sat.gob.pe o en la página web www.sat.gob.pe
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(FIN) NDP/RRC