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Comisión Permanente también rechazó suspender e inhabilitar a fiscal Tomás Gálvez

ANDINA/Norman Córdova

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23:05 | Lima, may. 28.

La Comisión Permanente del Congreso también rechazó suspender e inhabilitar por diez años al fiscal supremo Tomás Aladino Gálvez, tal como recomendaba el informe del legislador de Concertación Parlamentaria, Juan Sheput.

Con votos del fujimorismo y Alianza para el Progreso se desestimó la recomendación de Sheput. Por el contrario, el Frente Amplio, Nuevo Perú y Acción votaron a favor. 

Los representantes de Peruanos por el Kambio tuvieron diferente posición, ya que mientras Moisés Guía Pianto votó a favor, Mercedes Aráoz se abstuvo, al igual que la fujimorista Leyla Chihuán.

Ambas recomendaciones fueron votadas por separado, pero el parlamentario Víctor Andrés García Belaunde sostuvo que no era necesario someter a consideración de la comisión la propuesta para inhabilitar al magistrado porque se había rechazado previamente la destitución. 



“Hemos votado la destitución y no se ha aprobado, para qué se va inhabilitar. Cuando una persona no está destituida no puede ser inhabilitada, sigue chambeando. No tiene sentido (la nueva votación), que se aplique la misma para ambas cosas”, expresó.

Pese a la observación de García Belaunde, la Comisión Permanente continuó el procedimiento que se había utilizado también en el caso de Pedro Chávarry. 

La comisión también desestimó por mayor acusar a Gálvez Villegas por el delito de organización criminal previsto en el artículo 317 del Código Penal; así como por el delito de tráfico de influencias previsto en el artículo 400 del Código Penal.

De la misma forma desestimó acusarlo por el delito de omisión de denuncia previsto en el artículo 407 del Código Penal; ni por infracción al artículo 158 de la Constitución.

El legislador Juan Sheput investigó cinco denuncias constitucionales contra los fiscales supremos Pedro Chávarry y Tomás Gálvez, tras lo cual emitió un informe en el cual recomendaba destituir e inhabilitar a ambos magistrados. 

(FIN) RMCH

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Publicado: 28/5/2019