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¡Ciclistas! Normas, derechos y lo que debes saber para conducir una bicicleta [video]

A partir de marzo del 2022 quien conduzca en estado de ebriedad pagará una multa de 352 soles

ANDINA/Difusión

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13:16 | Lima, oct. 3.

El uso de la bicicleta en el Perú se ha incrementado exponencialmente a raíz de la pandemia, sin embargo, la mayoría de usuarios aún desconoce qué normas debe cumplir y cuáles los protege para que su traslado no constituya un riesgo a su integridad

En el programa Andina Al Día, la especialista del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), Ofelia Soriano Ramos, hizo las siguientes recomendaciones básicas a quienes conducen una bicicleta:  

Sobre el uso de la ciclovía


Los ciclistas deben usar solo la ciclovía. En caso de que no existiera una durante su trayecto, puede utilizar el lado derecho de la calzada (pista). No la vereda.


Aclaró, sin embargo, que pueden usar la vereda las personas con discapacidad que sea ciclista, mujer embarazada, ciclista; padres o madres de familia que trasladan a sus hijos menores en la silla acondicionada para ellos.

También pueden usar la vereda los progenitores que están enseñando a sus hijos, de 5, 7 hasta 14 años a manejar una bicicleta.

Por la condición de la vía, si la ciclovía está interrumpida y la pista está siendo arreglada, el ciclista puede movilizarse por la vereda, siempre y cuando la velocidad de manejo no supere a los peatones.  


Sobre la bicicleta y la persona que la conduce 


Soriano Ramos manifestó que las bicicletas deben contar con un equipo mínimo de seguridad para evitar accidentes, como un timbre o bocina, luces en la parte delantera o posterior, y reflectores laterales para usar en la noche.

Quienes conducen, recordó, deben usar casco, prendas retroreflectantes, como chaleco, bandas que se aplican sobre las piernas del pantalón o los brazos de una casaca o camisa. “Esas prendas iluminan la noche y sirven cuando hay baja visibilidad o neblina”, acotó. 

Sobre las bicicletas con motor


La abogada del MTC exhortó a los conductores de bicicletas acondicionadas con un motor, a utilizar la pista para trasladarse, y no las ciclovías. 

“Las bicicletas con motor son motocicletas, y como tal les corresponde cumplir lo que el Reglamento Nacional de Vehículos que establece: tener un SOAT, una placa y usar la pista. De lo contrario son plausibles de sanción”.

Sí pueden movilizarse por las ciclovías quienes usan vehículos con motor eléctrico, como scooter, que no superan los 25 km por hora, indicó.

Multas

Precisó que, a partir de marzo del 2022 podrán ser sancionados con una multa de 352 soles (8 % de la UIT) quienes manejen la bicicleta en estado de ebriedad o consumo de sustancias. También sufrirán la retención de su vehículo.

Igualmente, a partir de esa fecha, serán sancionados, con multas de diferentes montos, los ciclistas que invadan las veredas o que no respeten la luz roja del semáforo.

Aumentan usuarios de bicicletas


Reconoció que, gracias a la pandemia, la incorporación de la bicicleta como una opción de medio de transporte sostenible aumentó exponencialmente, porque el porcentaje de usuarios en Lima Metropolitana y el Callao pasó de 1.5 %, antes de la emergencia sanitaria, a 3 % en la actualidad.

Dijo que, gracias al Decreto de Urgencia N°101-2020, el MTC orientó presupuesto para que 29 municipalidades del Perú implementaran 400 kilómetros de ciclovías, con la asesoría del programa Promovilidad del ministerio.

"Las municipalidades provinciales y distritales son las responsables de habilitar ciclovías en su jurisdicción", remarcó.

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(FIN) SMS/LIT
JRA


Publicado: 3/10/2021