Andina

¿Casarse con bienes separados o mancomunados? [video]

Registradora de Sunarp recuerda a parejas que pueden casarse con separación de patrimonio

Si los conyugues deciden cambiar del régimen sociedad de gananciales al régimen de separación de bienes, deben redactar una escritura pública y presentarla ante los Registros Públicos para inscribirla. Foto: Andina /Difusión

Si los conyugues deciden cambiar del régimen sociedad de gananciales al régimen de separación de bienes, deben redactar una escritura pública y presentarla ante los Registros Públicos para inscribirla. Foto: Andina /Difusión

07:10 | Lima, feb. 6.

¿Sabía que antes de contraer matrimonio civil, la pareja puede elegir el régimen económico con el que vivirá? Es decir, si quiere compartir sus bienes para siempre con su cónyuge o, por el contrario, conservar cada uno para sí lo que tiene o lo que adquiera a futuro.


La registradora pública de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), Milagritos Lúcar Villar, explicó en Andina Canal online que las parejas tienen dos opciones: inscribirse en lo que se conoce como la sociedad de gananciales o hacerlo por bienes separados.

¿Cuál es la diferencia? Si cada uno adquirió alguna propiedad u objeto mientras estaba soltero, en la sociedad de gananciales, después de contraer nupcias, dichos bienes se dividen entre dos y para disponer de ellos se requiere el permiso de ambos.


En cambio, cuando el régimen es por bienes separados, cada cónyuge administra sus propios bienes, tanto los adquiridos antes de la boda como los que adquieran durante el matrimonio. “Tienen derecho a administrar su patrimonio personal”, precisó.

Inscripción


Si la pareja opta por la separación de bienes, debe redactar una escritura pública ante un notario en la que especifique que se casa bajo ese régimen. Luego este lo inscribirá en los Registros Públicos, antes de la ceremonia civil, para que sea oponible (adquiera derecho ante un tercero).

Si los cónyuges deciden cambiar del régimen sociedad de gananciales al régimen de separación de bienes, deben redactar una escritura pública y presentarla ante los Registros Públicos para inscribirla, informando sobre la sustitución del régimen.


¿Cuánto demora?


El trámite de inscripción de ambos regímenes ante los Registros Públicos es rápido porque la notaría lo eleva a la Sunarp digitalmente, informó Lúcar Villar. “En 48 horas están inscritos”, señaló.

La pareja puede descargar el documento de la página web Síguelo, con el número de inscripción que aparece en la constancia.

En el Perú se inscribieron bajo el régimen de bienes separados 8,919 matrimonios. En Lima Metropolitana fueron 5,007; en Arequipa, 955 y en La Libertad, 498; mientras que en el extremo de los que menos se inscribieron están Amazonas, Tumbes y Huancavelica con 31, 27 y 8 respectivamente.


La mayoría de parejas desconoce que tiene la opción de inscribirse en el régimen de bienes separados. Los momentos difíciles de un matrimonio siempre aparecen cuando el dinero es escaso, y pueden enfrentarlo claramente con esta alternativa”.

Más en Andina:




(FIN) SMS/RRC

Publicado: 6/2/2024