En relación con el proceso electoral desarrollado en el exterior, el Ministerio de Relaciones Exteriores reafirmó su respeto a la voluntad popular, a la autonomía de los organismos electorales y al derecho de las organizaciones políticas de formular, por las vías legales correspondientes, las observaciones o recursos que consideren pertinentes.
Rechazó, asimismo, cualquier afirmación que atribuya a sus funcionarios consulares actos de interferencia, manipulación, favorecimiento político o alteración del material electoral.
"Corresponde preservar la honorabilidad de los funcionarios de los consulados que son todos funcionarios de carrera, quienes, al igual que los ciudadanos peruanos que participaron como miembros de mesa en el exterior, cumplieron sus labores y responsabilidades en condiciones operativas complejas, con jornadas extraordinarias, bajo los procedimientos establecidos por la normativa electoral y con sujeción a los deberes de legalidad, responsabilidad, eficiencia y defensa institucional que rigen el Servicio Diplomático", señala en un comunicado.
Además precisa que "en el voto de los ciudadanos peruanos residentes en el exterior, el Ministerio de Relaciones Exteriores cumple funciones de organización y apoyo logístico a través de las oficinas consulares, en coordinación con los organismos electorales".
Recalca que dichas labores se desarrollan con la valiosa participación de ciudadanos peruanos que actúan como miembros de mesa y con la intervención de los personeros acreditados por las organizaciones políticas, quienes contribuyen a la transparencia y el control del acto electoral.
"La calificación de actas, el cómputo de votos, la resolución de impugnaciones y la proclamación de resultados no corresponden a la Cancillería", precisa.
El comunicado se detalla que una vez concluida la votación en el exterior, los resultados son consignados por los miembros de mesa en las actas correspondientes, las cuales son debidamente lacradas para garantizar su inviolabilidad. Todos los personeros acreditados reciben copia de las actas.
Asimismo, los carteles de resultados son publicados en los locales consulares. Luego de ello, los funcionarios consulares remiten los ejemplares correspondientes de las actas, cédulas de sufragio utilizadas y padrones a las autoridades electorales competentes; mientras que el procesamiento, escaneo, cómputo y consolidación de dichas actas corresponde a la ONPE, conforme a sus competencias legales.
Se refiere también que para la primera vuelta electoral, a solicitud de la ONPE, se implementó de manera complementaria un aplicativo para el escaneo de acta únicamente en 108 de las 180 oficinas consulares que organizaron procesos electorales en el exterior. "Dicho aplicativo no sustituyó el procedimiento legal de remisión física de las actas ni las competencias de los organismos electorales".
En tanto que en coordinación con la ONPE, se dispuso no continuar con esa actividad complementaria en la segunda vuelta. Esta decisión, se subraya, no modificó la Ley Orgánica de Elecciones ni alteró el procedimiento legal de repliegue del material electoral, ni tampoco produjo un vacío en la cadena de custodia ni un período sin control sobre el material electoral.
(FIN) NDP/RMCH
GRM
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Publicado: 19/6/2026