BCR aprobó nuevo Estándar QR Perú para fortalecer interoperabilidad de pagos digitales

También se facilita la incorporación de nuevos participantes y funcionalidades

ANDINA/Difusión

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08:34 | Lima, nov. 6.

El Banco Central de Reserva (BCR) aprobó el nuevo Reglamento del Uso de Códigos de Respuesta Rápida (QR) en Servicios de Pago y crea el Estándar QR Perú, con el objetivo de fortalecer la interoperabilidad, facilitar la incorporación de nuevos participantes y funcionalidades, y reforzar la seguridad de los pagos digitales.

A través de la Circular N° 0028-2026-BCRP, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se actualiza el marco vigente desde 2020 para adecuarlo a la evolución del mercado de pagos digitales.

A diferencia de la regulación anterior, centrada principalmente en los pagos a comercios, el nuevo reglamento establece reglas comunes para el uso de códigos QR en distintos servicios de pago, tanto en pagos entre personas como en pagos a comercios y otros casos de uso, independientemente de la infraestructura a través de la cual se procese la operación.

El nuevo Estándar QR Perú, basado en las especificaciones internacionales de EMVCo, establece reglas, campos y criterios técnicos comunes para la generación, lectura, interpretación y procesamiento de los códigos QR utilizados en servicios de pago.




Actualmente, las distintas soluciones de pago pueden utilizar campos, identificadores y mecanismos de procesamiento diferentes, lo que requiere desarrollos específicos para facilitar la interoperabilidad entre proveedores. Con el Estándar QR Perú se establece una estructura común que permitirá que los códigos QR sean generados y leídos bajo las mismas reglas técnicas, reduciendo la necesidad de desarrollos específicos para su integración.

Ello contribuirá a reducir los costos y la complejidad de integración, facilitar la incorporación de nuevos participantes y promover una mayor competencia e innovación en los pagos digitales. Asimismo, favorecerá que los usuarios dispongan de mayores alternativas para realizar pagos y que los comercios puedan recibir pagos provenientes de distintos proveedores con mayor fluidez.


Implementación gradual


La presente norma dejará sin efecto la Circular N° 0003-2020-BCRP, sin perjuicio de las disposiciones transitorias previstas para los códigos QR actualmente en uso.

La implementación del Estándar QR Perú será gradual. Las principales etapas son las siguientes:

- Hasta el 31 de diciembre de 2026: inscripción y actualización de información en el Registro QR Perú.

- Hasta el 30 de junio de 2027: adecuación de los sistemas para la lectura interoperable y la generación de códigos conforme al Estándar QR Perú.

- Del 1 de julio de 2027 al 31 de marzo de 2028: coexistencia del nuevo estándar con los códigos QR previamente desplegados.

- A partir del 1 de abril de 2028: todos los códigos QR desplegados en el mercado para su uso en servicios de pago deberán cumplir con el Estándar QR Perú.

Esta implementación gradual busca favorecer una transición ordenada, mantener la continuidad de los pagos durante el proceso de adecuación y dar facilidades para que los códigos QR actualmente desplegados sean reemplazados en un plazo adecuado.




El reglamento establece obligaciones según las funciones que cada entidad desempeñe en los pagos con códigos QR, distinguiendo entre Generadores, Proveedores y Lectores de Códigos QR.

Los Generadores deberán asegurar que los códigos QR cumplan con el Estándar QR Perú y puedan ser leídos, validados y procesados de manera interoperable. Los Proveedores, que ponen los códigos a disposición de los comercios u otros beneficiarios, deberán adoptar medidas que aseguren su correcta utilización y prevengan su alteración o suplantación.

Por su parte, los Lectores deberán interpretar adecuadamente la información contenida en los códigos, verificar su integridad y mostrar al usuario la información relevante de la operación antes de su confirmación. La regulación incorpora, además, obligaciones comunes en materia de seguridad, prevención de fraudes, trazabilidad, gestión de riesgos, atención de reclamos y continuidad operativa.

La presente circular crea el Registro QR Perú, administrado por el BCR, que permitirá identificar a las entidades que intervienen en el ecosistema y las funciones que desempeñan como Generadores, Proveedores o Lectores de Códigos QR.

Las entidades comprendidas en el reglamento deberán inscribirse antes de desempeñar estas funciones y mantener actualizada su información. El listado de entidades inscritas será publicado en el portal institucional del BCR.


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(FIN) NDP/CNA

Publicado: 6/11/2026