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Autorizan instrumentos para el pesaje del recurso anchoveta no procesado

Para ser aplicado en diversas plantas

ANDINA/Difusión

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07:47 | Lima, set. 9.

El Ministerio de la Producción (Produce) estableció hoy los instrumentos para el pesaje de los recursos hidrobiológicos, residuos, descartes y materia prima no considerada para el procesamiento por selección de talla, peso o calidad provenientes del recurso anchoveta.

La decisión se tomó mediante la publicación de la Resolución Ministerial Nº 303-2020-Produce en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano. 

De este modo, se establecieron los instrumentos de pesaje autorizados y sus requisitos técnicos, en plantas de procesamiento de productos pesqueros industriales para consumo humano directo, plantas de harina residual, plantas de reaprovechamiento, plantas de procesamiento de los recursos hidrobiológicos macroalgas marinas y plantas artesanales para consumo humano directo. 

La norma es de aplicación a los titulares de licencias de operación de plantas de procesamiento de productos pesqueros industriales para consumo humano directo, plantas de harina residual, plantas de reaprovechamiento, plantas de procesamiento de los recursos hidrobiológicos macroalgas marinas y plantas artesanales para consumo humano directo. 


Equipo 

Los instrumentos autorizados para el pesaje son los siguientes:  

a) Instrumentos de pesaje automáticos de totalización continua (pesadora de faja)  

b) Instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos (tolva de pesaje)  

c) Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático - Balanza de plataforma de uso industrial - Balanza de plataforma para pesar camiones - Balanza de plataforma para pesar camiones eje por eje 


Manejo integral 

Entre los considerandos se precisa que la Ley General de Pesca establece que los recursos naturales son patrimonio de la Nación, siendo el Estado soberano en su aprovechamiento por lo que le corresponde regular el manejo integral y la explotación racional de los recursos hidrobiológicos. 

Se precisa además que el pesaje de los recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano directo (enlatado, congelado, curado y otros) así como de los descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos es obligatorio. 

El pesaje de los descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos debe efectuarse con instrumentos de pesaje calibrados por empresas autorizadas por la autoridad competente. 



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(FIN) SDD


Publicado: 9/9/2020