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ATU publicó proyecto de reglamento que regula el servicio de taxi en Lima y Callao

Objetivo es recibir comentarios y aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general

ATU publicó proyecto de reglamento que regula el servicio de taxi en Lima y Callao. Foto: ANDINA/Difusión.

ATU publicó proyecto de reglamento que regula el servicio de taxi en Lima y Callao. Foto: ANDINA/Difusión.

20:04 | Lima, set. 11.

Con el objetivo de uniformizar el marco normativo para la prestación del servicio de taxi en Lima y Callao, la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) publicó el proyecto de reglamento para dicha modalidad de transporte, para que las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general puedan realizar sus aportes y/o comentarios.

De acuerdo a dicho proyecto, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 125-2020-ATU/PE publicada en El Peruano, los taxis deberán implementar un sistema GPS, para reforzar la seguridad al usuario.

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La información del GPS será de acceso para los usuarios de este servicio de taxi a través de un aplicativo o mecanismo alternativo de fácil disposición, que permita visualizar la información más importante de los operadores y conductores.


Además, el reglamento propuesto dispone que los conductores autorizados no deberán contar con antecedentes penales en delitos vinculados a la violencia contra mujeres, niñas, niños o adolescentes.

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De igual forma, contempla iniciativas para incrementar la accesibilidad y reducir la contaminación ambiental, entre las que destacan el establecimiento de la antigüedad máxima de permanencia de vehículos de hasta 15 años contados a partir del 1 de enero del año siguiente del modelo del vehículo. 

Respecto de la atención de personas con discapacidad, la propuesta contempla que los usuarios que requieran la asistencia de animales de compañía pueden abordar la unidad junto a dichos animales.

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Adicionalmente, el dispositivo legal homogeniza la vigencia de la autorización para prestar el servicio hasta por 10 años y prevé la reorganización de las modalidades del servicio, clasificándolos en independiente si es prestado por personas naturales o ejecutivo si se trata de personas jurídicas.



Servicio de taxi por aplicativo

En caso de que el usuario contrate el servicio de traslado exclusivo desde un punto de origen hasta uno de destino a través de plataformas tecnológicas de intermediación (aplicativos), éstas solo pueden vincular al usuario con personas naturales o jurídicas que se encuentren debidamente autorizadas en una de las modalidades reguladas por la ATU.

Los comentarios, aportes y/o sugerencias sobre el proyecto de reglamento deben ser remitidas a la sede principal de la ATU con atención a la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo (avenida Domingo Orué Nº 165, Surquillo) o vía correo electrónico a normas@atu.gob.pe.

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(FIN) NDP/LIT
JRA


Publicado: 10/9/2020