El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) amplió los plazos de inscripción de los nacimientos mientras el país sea afectado por la actual pandemia de la covid-19, lo que facilita la documentación de los niños y niñas nacidos durante y después de la cuarentena, informó la entidad.
El Reniec ha dispuesto que, para el cómputo de los plazos administrativos relacionados con el registro de nacimiento, no sean considerados los días comprendidos desde que empezó la etapa de aislamiento social obligatorio hasta que culmine el Estado de Emergencia Sanitaria declarado por el Ministerio de Salud (Minsa).
La
Resolución Jefatural N° 000210-2020 –publicada en el diario El Peruano– debe ser acatada tanto por las oficinas registrales del Reniec como por las que funcionan en las municipalidades del país.
La norma suspende, de manera excepcional, los plazos para la inscripción ordinaria de un nacimiento: 60 días en oficinas registrales del Reniec o de municipalidades, y 90 días en centros poblados y comunidades nativas. Pasados estos plazos, la inscripción es extemporánea y el trámite exige requisitos adicionales.
Por otro lado, el Reniec también dictó una medida que facilita la documentación de los recién nacidos: dejó de exigir que la toma de la huella del pie sea un requisito para tramitar el primer Documento Nacional de Identidad (DNI) de los niños hasta los ocho meses de edad.
Además, ha puesto a disposición de los padres un aplicativo que permite obtener un acta de nacimiento sin necesidad de acudir a una oficina registral del Reniec.
Conviene saber
• Para inscribir un nacimiento, es indispensable contar con un Certificado de Nacido Vivo (CNV).
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Si se desea inscribir el nacimiento a través de la página web del RENIEC, se debe tener grabado el CNV en pdf, por ambos lados y descargar la aplicación
DNI Biofacial.
• Solo puede inscribir el nacimiento virtualmente una mujer peruana mayor de edad y con DNI, sola o con el padre peruano mayor de edad y con DNI.
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Publicado: 31/12/2020