Andina

Archivan procedimiento sancionador contra movimiento Unidos por San Martín

ONPE había iniciado proceso por incumplimiento en presentación de Información Financiera Anual 2017

Rendición de cuentas por parte de organizaciones políticas busca prevenir la infiltración de fuentes prohibidas y el adecuado uso de su financiamiento. ANDINA/Difusión

Rendición de cuentas por parte de organizaciones políticas busca prevenir la infiltración de fuentes prohibidas y el adecuado uso de su financiamiento. ANDINA/Difusión

21:50 | Lima, nov. 26.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) archivó el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la organización política Movimiento Político Regional Unidos por San Martín, por no cumplir con presentar la Información Financiera Anual (IFA) 2017 en el plazo establecido.

Así lo determinó mediante Resolución Gerencial N° 000011-2018-GSFP/ONPE, publicada hoy en edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

El espíritu de la norma, a través de la obligación del rendimiento de cuentas, fomenta la transparencia de los fondos o recursos obtenidos por las organizaciones políticas, así como la utilización de los mismos. 

Con ello se busca prevenir la infiltración de fuentes prohibidas y el adecuado uso de su financiamiento conforme a los topes considerados en la norma electoral, precisa en el análisis de los hechos.

Dicha obligación no está ligada a si la organización política obtuvo ingresos o no, sino a transparentar su actividad económico-financiera y cumplir con su responsabilidad conforme a ley.

En esa línea, agrega que también se promueve la participación de las organizaciones políticas en condiciones de igualdad y equidad.

Al respecto, la organización política en mención aduce que subsanó la infracción imputada al haber presentado ya el IFA 2017, por lo cual se aplica la causal eximente de responsabilidad.

En la resolución se indica que se notificará al Movimiento Político Regional Unidos por San Martín el contenido de la presente.

Asimismo, se dispone la publicación de la presente resolución en El Peruano y en el portal institucional dentro del plazo de tres días de su emisión, así como en el portal de transparencia de la entidad.

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(FIN) JOT

Publicado: 26/11/2018