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Aprueban protocolo sanitario para transporte de pasajeros fluvial y lacustre

A fin de prevenir el contagio del coronavirus, covid-19

ANDINA/Difusión

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20:58 | Lima, oct. 20.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó el Protocolo Sanitario Sectorial para la Prevención del covid-19 en el transporte acuático fluvial y lacustre de pasajeros, de ámbito nacional y regional, que establece un aforo al 50%.

Así lo estableció a través de la Resolución Ministerial Nº 0713-2020-MTC/01 publicada hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

El objetivo de esta norma es permitir la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, manteniendo como referencia la protección de las personas minimizando el riesgo de contagio, así como proteger el trabajo a través de la reanudación progresiva y ordenada.

La norma refiere que a través del Decreto Supremo Nº 157-2020-PCM, se aprueba la Fase 4 de la Reanudación de Actividades Económicas, en el marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del covid-19, dentro de la cual se encuentran comprendidas las actividades de servicios de transporte de pasajeros y carga por vías de navegación interiores por ríos y lagos con aforo al 50%.

El “Protocolo Sanitario Sectorial para la Prevención del covid-19 en el transporte acuático fluvial y lacustre de pasajeros, de ámbito nacional y regional”, se aprueba conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 157-2020-PCM y la Resolución Ministerial Nº 448-2020-Minsa, según el texto que, en anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

La norma dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc). 

La norma lleva la rúbrica del ministro de Transportes y Comunicaciones, Carlos Estremadoyro Mory.


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Publicado: 20/10/2020