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Aprueban mejora de calidad regulatoria para cumplir con políticas públicas

Se crea grupo de trabajo multisectorial sobre la materia

Sector público. Foto: ANDINA/Difusión

Sector público. Foto: ANDINA/Difusión

13:39 | Lima, may. 28.

El Poder Ejecutivo, en el marco de las facultades legislativas delegadas por el Congreso de la República, aprobó la Ley de mejora de la calidad regulatoria a fin de garantizar el cumplimiento efectivo de las políticas públicas.

La medida se dispuso mediante decreto legislativo (DL) 1565, publicado hoy en el diario El Peruano. 

Se establece que el presente DL tiene por objeto fortalecer y armonizar el proceso de mejora de la calidad regulatoria, así como el marco institucional e instrumentos que lo rigen como parte de un proceso ordenado, integral, coordinado, gradual y continuo para garantizar el cumplimiento efectivo de políticas públicas.

Grupo de trabajo


Se establece la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) que es un órgano colegiado de naturaleza permanente que depende de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), quien la preside. 

Se determina que la CMCR tiene por objeto evaluar y validar la aplicación y los resultados de los instrumentos de la mejora de la calidad regulatoria conforme lo establezca el reglamento de la presente norma.

Se fija que el resultado de su evaluación recae en un dictamen debidamente motivado de conformidad con el marco jurídico vigente y con los principios que rigen la mejora de la calidad regulatoria, pudiendo existir audiencias previas, de ser el caso. 

Se determina que la CMCR está conformada por: 

- El/la secretario/a de Gestión Pública de la PCM, quien lo preside. 

- El/la director/a de la Dirección de Eficiencia Normativa para la Productividad y Competencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). 

- El/la director/a de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 


Se establece que la Secretaría Técnica de la CMCR recae en la Secretaría de Gestión Pública la cual la ejerce a través de la unidad de organización que establece el reglamento de Organización y Funciones de la PCM, la que se encarga, en coordinación con los equipos técnicos especializados de los órganos de las entidades que conforman la CMCR, de la evaluación técnica de la aplicación y los resultados de los instrumentos de la mejora de la calidad regulatoria que se establezcan en las reglas del presente DL. 

Se dispone que la CMCR, para el cumplimiento de sus funciones conforma equipos técnicos especializados, integrados por especialistas de las entidades públicas miembros de la misma. 

Asimismo, se fija que, puede solicitar a través de la Secretaría Técnica la colaboración, asesoramiento, apoyo y opinión de representantes de las diferentes entidades públicas y/o privadas del país, así como de especialistas en la materia, los cuales participan en calidad de invitados pudiendo participar en las sesiones con voz, pero sin voto, conforme se regule en el reglamento interno de la CMCR. 

Se fija que la CMCR y su Secretaria Técnica promueven acciones de transparencia del proceso regulatorio a través del módulo respectivo de la plataforma de gestión organizacional a cargo de la Secretaría de Gestión Pública.



Delegación de facultades


En los considerandos de la norma, se menciona que mediante la Ley 31696, que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reactivación económica y modernización de la gestión del Estado, el Congreso de la República delegó en el Ejecutivo la facultad de legislar, entre otros, en materia de gestión económica, por el término de 90 días calendario.

Se señala que dentro de los alcances de los últimos años en materia de mejora de la calidad regulatoria destaca la aprobación en el 2016 del DL 1310, cuyo artículo 2, modificado por el DL 1448, emitido en el 2018, dispuso la obligación de las entidades del Ejecutivo de realizar un análisis de calidad regulatoria de procesos administrativos fijados en normas de carácter general.

Ello, a fin de identificar, eliminar y/o simplificar aquellos que resulten innecesarios, ineficaces, injustificados, desproporcionados, redundantes o no se encuentren adecuados a la Ley 27444 o a las normas con rango de ley que les sirven de sustento. 

El DL 1310 aprobó medidas adicionales de simplificación administrativa, el DL 1448, autorizó medidas adicionales de simplificación administrativa y perfeccionó el marco institucional y los instrumentos que rigen el proceso de mejora de calidad regulatoria y Ley 27444 es la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Se menciona que el referido DL 1448 establece, entre otros, que la mejora de la calidad regulatoria es un proceso ordenado, integral, coordinado, gradual y continúo orientado a promover la eficiencia, eficacia, transparencia y neutralidad en el ejercicio de la función normativa del Estado.

Análisis regulatorio


Se sostiene que frente a estos dos DL, resulta necesario contar con una ley especial en la materia que unifique y regule de manera integral la mejora de la calidad regulatoria, con énfasis no solo en el análisis de calidad regulatoria de procesos administrativos, sino que comprenda al conjunto de instrumentos de mejora de la calidad regulatoria, y resalte la obligatoriedad del análisis de impacto regulatorio (AIR) para las entidades del Ejecutivo.

Asimismo, que promueva de manera progresiva el análisis del impacto regulatorio ex post, entre otros instrumentos de mejora de la calidad regulatoria, fortalezca la rectoría de la Secretaría de Gestión Pública como rector del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública que comprende a la mejora de la calidad regulatoria como uno de sus medios, así como releve la importancia de la transparencia y participación de las distintos actores públicos y privados en el proceso de mejora de la calidad de las regulaciones.


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(FIN) MMG
JRA


Publicado: 28/5/2023