Andina

Aprueban anexos de adenda al contrato de concesión del terminal norte del Callao

Para uso multipropósito del primer puerto del Perú

Terminal norte del puerto del Callao. Cortesía

Terminal norte del puerto del Callao. Cortesía

17:53 | Lima, nov. 3.

El Ejecutivo aprobó el texto y anexos de la Adenda N° 1 del Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Conservación y Explotación del Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao.

Así lo determinó a través del Decreto Supremo Nº 019-2022-MTC publicado hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La norma, señala que se aprueba el texto de la Adenda Nº 1 del Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Conservación y Explotación del Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao y sus Anexos. 

El contrato se celebra entre el Estado de la República del Perú, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que actúa a su vez a través de la Autoridad Portuaria Nacional, en calidad de Concedente, y la empresa APM Terminals Callao S.A., en calidad de Concesionario, los mismos que como Anexo forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

Excepción de publicación en el Diario Oficial El Peruano

La norma también exceptúa del requisito de publicar en el Diario Oficial El Peruano el texto de la Adenda Nº 1 del Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Conservación y Explotación del Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao y sus Anexos, establecido en el artículo 48 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC.

Asimismo, establece que se debe efectuar la publicación del texto de la Adenda Nº 1 y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc) y en el Portal Institucional de la Autoridad Portuaria Nacional (www.gob.pe/apn), durante quince (15) días hábiles antes de su suscripción.

La norma lleva la rúbrica del jefe de Estado, Pedro Castillo Terrones; y del ministro de Transportes y Comunicaciones, Richard Washington Tineo Quispe.


Ex 20221103 by Periodista Andina




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Publicado: 3/11/2022