El Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia por 60 días calendario, a partir de este domingo 23 de octubre, en la provincia de Condorcanqui del departamento de Amazonas, a fin de dar continuidad a las acciones que se ejecutan para combatir y neutralizar los actos vinculados a la minería y tala ilegales, además de delitos conexos que afectan el normal desenvolvimiento de las actividades de la población de la citada jurisdicción.
Así lo establece el Decreto Supremo N° 128-2022-PCM, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del diario El Peruano, que indica que la Policía Nacional del Perú (PNP) mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
La norma dispone que durante la prórroga del estado de emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
Asimismo, precisa que la intervención de la PNP de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional; y en el Decreto Legislativo N° 1095 que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2020-DE, respectivamente.
Añade que la participación de los gobiernos locales de la provincia de Condorcanqui se efectúa en el contexto de la normatividad vigente en materia de seguridad ciudadana.
También determina que, dentro de los cinco días hábiles posteriores al término del estado de emergencia prorrogado por el mencionado Decreto Supremo, la Policía Nacional del Perú debe presentar al titular del Ministerio del Interior, un informe detallado de las acciones realizadas durante la prórroga del régimen de excepción y los resultados obtenidos.
La implementación de las acciones previstas se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
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