Andina

Alerta roja en la Sierra y Selva: incendios forestales se pueden multiplicar por vientos

Senamhi advierte y pronostica vientos de moderada a extrema intensidad

El Senamhi prevé que continuará la ausencia de precipitaciones en estas regiones, así como la disminución de la humedad e incremento de la temperatura diurna. Cortesía

El Senamhi prevé que continuará la ausencia de precipitaciones en estas regiones, así como la disminución de la humedad e incremento de la temperatura diurna. Cortesía

12:49 | Lima, jul. 21.

Las condiciones atmosféricas que se presentarán en el territorio nacional pueden contribuir a la ocurrencia y propagación de incendios forestales de moderada a extrema intensidad en la Sierra, mientras de moderada a fuerte intensidad en la Selva, advirtió el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú( Senamhi).

El aviso de dicha institución, que es de nivel rojo, prevé que continuará la ausencia de precipitaciones en estas regiones, así como la disminución de la humedad e incremento de la temperatura diurna. Como se sabe esas condiciones atmosféricas son factores para la propagación de incendios.

Las condiciones atmosféricas pronosticadas por el Senamhi se iniciarán desde las 00.00 horas de este lunes 22 de julio hasta las 23.59 horas del próximo sábado 27 de julio, es decir el aviso tendrá una vigencia de 143 horas.

En ese aspecto, el Senamhi, en su aviso 180, informó que entre el lunes 22 al martes 23 de julio, se presentará el incremento de viento en la sierra norte. Asimismo, se esperan ráfagas de viento con velocidades próximas a 35 km/h y la ocurrencia de lluvia y/o chubasco de manera localizada.

Este lunes, se prevén vientos con velocidades por encima de los 30 kilómetros por hora en la sierra norte; en Piura (provincias de Ayabaca, Huancabamba, Morropón), Lambayeque (Ferreñafe, Lambayeque), Cajamarca (Chota, cutervo, Jaén, San Ignacio, Santa Cruz).


Alerta autoridades

La información proporcionada por el Senamhi ponen en alerta a las autoridades del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y sus entidades desconcentradas como el COEN (Centro de Operaciones de Emergencia Nacional). Los centros de operaciones de emergencia regional (COER), las regiones, municipios, bomberos, Policía Nacional; entre otras instituciones.

Los incendios forestales se incrementan en esta época del año tal como lo informó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre( Serfor) en una entrevista para la Agencia de Noticias Andina.

En ese aspecto, se mencionó que en lo que va del año, entre los meses de enero a mayo del 2024, se han producido 759  incendios forestales de acuerdo al monitoreo permanente (las 24 horas del día) que realiza el Serfor con  la plataforma SAMI (Satélite, Monitoreo, Impacto del patrimonio forestal).


Cabe señalar que si bien las cifras en los primeros cinco meses del año son bajas sobre incendios forestales, justamente en julio se incrementan los siniestros por las prácticas ancestrales de los agricultores de quemar los pastos para preparar la tierra para nuevos cultivos.  Si se agregan las condiciones meteorológicas, la situación se vuelve complicada como sucede en diversas ocasiones.

La plataforma SAMI (Satélite, Monitoreo, Impacto del patrimonio forestal) es la herramienta con que cuenta el Serfor, para monitorear y detectar posibles incendios forestales a fin de emitir las alarmas correspondientes a los organismos correspondientes para la toma de decisiones, con el objetivo de prevenir, minimizar y/o detener impactos negativos.

El monitoreo del Serfor, a través de imágenes satelitales, es a nivel nacional las 24 horas del día y permite detectar en principio focos de calor que dependiendo de su duración pueden determinar la presencia de un incendio.

En ese aspecto, el Sistema de Alertas Tempranas de Incendios Forestales, la Unidad Funcional de Monitoreo Satelital (UFMS) del Serfor, emite reportes diarios de focos de calor.


Sanciones

Cabe señalar que provocar un incendio forestal puede ser sancionado desde 4 hasta 12 años de pena privativa de la libertad tal como señala el Código Penal

El Artículo 310 del Código Penal indica que "será reprimido con pena privativa de libertad el que, sin permiso, licencia, autorización o concesión otorgada por autoridad competente, destruye, quema, daña o tala, en todo o en parte, bosques u otras formaciones boscosas, sean naturales o plantaciones".

Pero si es en forma agravada la pena (causa la muerte) sube a entre 8 y 10 años; y en su forma agravada especial la condena llega de 10 a 12 años de cárcel.

(FIN) JCB/TMC
JRA

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Publicado: 21/7/2024