El Ministerio Público precisó la competencia de la Fiscalía Suprema Especializada en delitos por funcionarios públicos, para que conozca en adición a sus sus funciones los delitos de corrupción de funcionarios, criminalidad organizada y delitos conexos que correspondan a la investigación seguida en la carpeta fiscal, 1228-2023.
Asimismo, dispone que la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por funcionarios públicos, conozca en adición a sus funciones la investigación preliminar y preparatoria, así como en las etapas intermedia y juicio oral, según la instancia en la que actúe.
Ello para ver los
delitos de función, de criminalidad organizada y conexos atribuidos a los funcionarios públicos aforados comprendidos en el artículo 99 de la
Constitución Política del Estado,
magistrados (jueces y fiscales) de todos los niveles, sobre hechos relacionados con la carpeta 1228-2023.
Además, establece que la Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal, en adición a sus funciones, conocerá los casos de elevación de actuados prevista en los incisos 5 y 6 del artículo 334 del Código Procesal Penal, y los de forzamiento de la acusación previsto en el 346º, inciso 1 del Código Procesal Penal, que se generen en la carpeta Nº 1228-2023 y los casos conexos a ella.
De igual modo, dispone la notificación de la resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos, Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Primera Fiscalía Suprema en lo Penal, y Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal.
También a la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Fiscalía Suprema de Familia, y las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional.
Y, a las Coordinaciones Nacionales de Fiscalías Penales Especializadas y Equipos Especiales de Fiscales, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Oficina de Control de Productividad Fiscal, Oficina de Racionalización y Estadística, y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales.
La resolución cuenta con la firma del fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena Campana.
(FIN) JCC
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Publicado: 5/1/2024