Asegurar el establecimiento de puntos de información, señalética, zonas de toma de temperatura corporal, de limpieza y desinfección en los espacios públicos, en coordinación con los responsables a nivel local, regional y/o nacional, es una de las principales medidas que contiene el protocolo sanitario para prevenir el contagio del covid-19 en los destinos turísticos del Perú.
El documento es uno de los nueve protocolos sanitarios sectoriales publicados por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) a la fecha, en concordancia con las disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud. Constituye el marco normativo que permitirá organizar y gestionar la reanudación de actividades en los diversos destinos turísticos de nuestro país.
Protocolo
El documento denominado
Lineamientos sanitarios ante el covid-19 para destinos turísticos, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 195-2020-MINCETUR, establece que los encargados de la gestión de los destinos turísticos deben implementar medidas que garanticen un uso ordenado y seguro los espacios públicos, evitando las aglomeraciones de los visitantes.
Para ello se debe señalizar el ingreso al destino por orden de llegada, el establecimiento de la capacidad de aforo, el resguardo del personal de seguridad, la instalación de paneles informativos sobre el uso obligatorio de mascarilla, puntos de lavado y/o desinfección de manos, entre otros.
También se dispone la limpieza y desinfección de todos los espacios públicos de alto tránsito y superficies que entran en contacto con las manos (del personal o de los visitantes) con la mayor frecuencia posible.
Asimismo, asegurar la limpieza e higienización de los baños públicos, además de contar con lavaderos de uso universal para el lavado y desinfección de manos con sus respectivos accesorios y materiales (jabón líquido, desinfectantes, papel toalla y otros).
Los servicios higiénicos deben ser equipados con dispositivos que requieran el mínimo contacto manual, como lavaderos con apertura automática o a pedal, secadora de manos automática, entre otros, en la medida de lo posible.
La disposición de los residuos sólidos debe hacerse de acuerdo a lo establecido en la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y las Recomendaciones para el manejo de los residuos sólidos durante la emergencia sanitaria por el covid-19.
Otras acciones consideradas en este protocolo son informar sobre sus alcances a los prestadores de servicios turísticos y a las entidades que promocionan y difunden la visita a los destinos turísticos, así como la capacidad de aforo de los destinos, horarios de visita, entre otros aspectos.
Del mismo modo, coordinar con las instancias competentes a nivel nacional, regional y local, sobre el seguimiento a los destinos, circuitos, corredores y rutas de acceso para garantizar la seguridad de los visitantes, así como apoyar la supervisión y fiscalización periódica del cumplimiento del protocolo sanitario y del plan de vigilancia.
Para conocer destalles del protocolo sanitario ingresar al siguiente
enlace.
El Mincetur despliega acciones para que estos lineamientos sean aplicados por los actores público y privado. Asimismo, trabaja en un sello turístico que busca certificar al Perú como una zona segura, garantizando el cumplimiento de los protocolos y las medidas de bioseguridad.
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