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Pasco: once distritos en estado de emergencia por peligro inminente ante intensas lluvias

Ejecutivo dispuso medida por 60 días calendario

Pasco: once distritos en estado de emergencia por peligro inminente ante intensas lluvias. ANDINA/Difusión

Pasco: once distritos en estado de emergencia por peligro inminente ante intensas lluvias. ANDINA/Difusión

10:42 | Lima, feb. 9.

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia en once distritos de las provincias de Pasco, Oxapampa y Daniel Alcides Carrión, del departamento de Pasco, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, para la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en cuanto corresponda.

La medida, que tiene una vigencia de 60 días, comprende a los distritos de Oxapampa, Pozuzo y Villa Rica, en la provincia de Oxapampa; así como en los distritos de Chacayán, Vilcabamba, Santa Ana de Tusi y Tapuc, en la provincia de Daniel Alcides Carrión; y los distritos de Paucartambo, Huariaca, Huachón y Ticlacayán, en la provincia de Pasco, según establece un Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.

La norma dispone que el gobierno regional de Pasco y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y demás entidades competentes en cuanto les corresponda, ejecutarán las acciones, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente. 


Estas acciones contarán con la participación de los ministerios de Educación; de Salud; de Transportes y Comunicaciones; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; así como de Agricultura y Riego.

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes, precisa el dispositivo legal.

La implementación de estas acciones se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

El Decreto Supremo lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo; y está refrendada por los titulares de los ministerios mencionados.

(FIN) LZD/

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Publicado: 9/2/2019