El Gobierno dictó medidas extraordinarias contra los delitos de extorsión y sicariato en las empresas de transporte público y transportes de mercancías, entre ellas la implementación de patrullajes focalizados, la reserva de la identidad del denunciante, así como de elementos tecnológicos de seguridad como cámaras o botones de pánico.
El
Decreto Supremo N° 009-2026-PCM fue publicado en la edición extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y tiene como objetivo proteger a trabajadores y usuarios del transporte público y garantizar la continuidad del servicio.
Con ese fin, se dispone acciones de prevención, respuesta inmediata y reactivación económica de este sector, a través de un trabajo articulado entre diversas entidades del Estado.
Prevención y preparación
Entre las medidas de prevención, se dispone que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) supervisará el monitoreo que deben realizar la empresas supervisadas para detectar movimientos extorsivos en cualquier transferencia de recursos vinculada a denuncias por extorsión.
Asimismo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) evaluará y establecerá las rutas, paraderos, terminales y vehículos de transporte público de personas y mercancías en los que se implementan medidas de seguridad operativa, con el objetivo de fortalecer la continuidad y seguridad del servicio frente a riesgos derivados de actos delictivos.
Las medidas de seguridad operativa comprenden elementos tecnológicos como cámaras de videovigilancia y botones de pánico integrados al sistema C5i, sobre la base de mapas del delito y análisis de riesgo. Serán progresivas y se implementarán en función de la disponibilidad tecnológica y presupuestal.
“La División del Observatorio del Crimen del Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú es la unidad responsable de la elaboración de mapas delictivos georreferenciados y el desarrollo de análisis de espacio temporales orientados a identificar zonas críticas y a optimizar la planificación de operaciones preventivas y disuasivas”, precisa la norma.
Medidas de respuesta y atención inmediata
En materia de respuesta inmediata, la norma dispone la implementación de centros de comando y patrullaje focalizado, con participación de las unidades especializadas en extorsión y sicariato.
En lo que corresponde a la protección a las víctimas, dispone la reserva de la denuncia y de la identidad del denunciante, canales de orientación, botones de pánico antiextorsión y patrullaje especializado.
“La Policía Nacional del Perú, en el marco de sus planes operativos, desarrolla otros mecanismos de protección preventivos para pasajeros, propietarios, conductores y familiares amenazados”, señala la norma.
También se establece la articulación permanente entre la Policía Nacional del Perú y las fiscalías especializadas, con el fin de optimizar las investigaciones contra organizaciones criminales vinculadas a estos delitos.
Para garantizar la continuidad del servicio, la norma indica que el MTC, en coordinación con la PNP y otras autoridades competentes, podrá implementar rutas provisionales para garantizar la continuidad y seguridad del servicio de transporte terrestre y evitar el desabastecimiento de productos y servicios esenciales.
Medidas para la reactivación y recuperación
En el ámbito de la reactivación, la norma contempla la creación de un fondo de apoyo financiero postdelito, atención psicológica a las víctimas, programas de reinserción laboral y la implementación del programa Ruta Segura Restablecida, destinado a financiar la reparación de infraestructura y equipamiento del transporte afectado por hechos delictivos.