La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) presentó ayer viernes ante la Cámara de Diputados el proyecto de delegación de facultades legislativas por 120 días, conforme al artículo 107° de la Constitución Política.
El proyecto contempla 66 solicitudes orientadas a impulsar ocho materias: seguridad ciudadana, fortalecimiento de micro y pequeñas empresas, promoción del empleo, simplificación administrativa, desarrollo productivo, régimen tributario, reforma y modernización del Estado, y vivienda y saneamiento.
¿Qué medidas se consideran en materia de seguridad ciudadana?
El inciso a) del artículo 2 del proyecto de delegación de facultades precisa 12 puntos en materia penal, procesal penal, ejecución penal, policial, seguridad ciudadana, orden interno, penitenciaria y migratoria:
-Se plantea legislar en materia migratoria y de nacionalidad, sobre el régimen de control y regularidad migratoria, así como el régimen de nacionalización, con la finalidad de promover “una migración ordenada, segura regular”.
-Se propone modificar el marco normativo en materia de "rastreo, localización, geolocalización, control, registro, trazabilidad, baja de líneas y bloque de equipos terminarles móviles o de cualquier otro dispositivo electrónico de comunicación" utilizados ilícitamente, así como comunicaciones ilegales establecidas desde los establecimientos penitenciarios y/o centros juveniles.
-Se plantea modificar el marco normativo sobre armas de fuego, municiones, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil, “a fin de fortalecer su control, trazabilidad, fiscalización y las condiciones para su acceso, adquisición, posesión y uso”.
-Se propone reformar el sistema nacional penitenciario, “con la finalidad de fortalecer la seguridad y la reinserción social”.
-Se propone regular la “participación excepcional y temporal de las Fuerzas Armadas” en acciones de seguridad externa y apoyo operativo al personal de los establecimientos penitenciarios.
-Se plantea legislar en materia de intervenciones “de reinserción social juvenil y post egreso”, a fin de fortalecer los procesos de resocialización de adolescentes en conflicto con la ley penal.
-Se propone regular para los casos de delitos de alta peligrosidad, lesividad o pluriofensivos “la libertad vigilada postpenitenciaria”, así como la “creación de su respectivo registro”, a fin de prevenir la reincidencia y continuidad delictiva.
-Se plantea legislar para combatir la delincuencia, criminalidad organizada y mercados ilícitos, a través de medidas dirigidas a "fortalecer la prevención, investigación, persecución, juzgamiento y sanción de los delitos", así como en lo concerniente al "tratamiento penitenciario y asistencia post penitenciaria".
Esto incluye la modificación de las normas: Decreto Legislativo N°. 635, Código Penal y Decreto Legislativo N°. 957, Nuevo Código Procesal Penal; el Decreto Legislativo N°. 654, Código de Ejecución Penal; Decreto Legislativo N°. 1094, Código Penal Militar Policial; Ley N°. 32490, Ley que establece medidas extraordinarias contra los delitos de extorsión, sicariato en las empresas de transporte público y transporte de mercancías, así como, en lo concerniente al Subsistema Especializado contra la Extorsión y sus Delitos Conexos, Decreto Legislativo N°. 1735. Además, el Decreto Legislativo N°. 1182, Decreto Legislativo N°. 1338, Ley N°. 30096, Ley de Delitos Informátivos; Ley N°. 30424, Ley N°.32332.
Se propone legislar sobre el “uso de armas no letales y equipamiento de protección especial y medidas complementarias para el personal que desarrolla labores de vigilancia, control y monitoreo” de las Áreas Naturales Protegidas del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado.
-Se plantea modificar el Decreto Legislativo N°. 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, a fin de “fortalecer y optimizar el marco normativo para la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú” frente a amenazas que afecten el estado de derecho, seguridad ciudadana y orden interno.
-Se propone establecer el marco legal que "declare a las organizaciones criminales como organizaciones terroristas", y disposiciones para su clasificación y registro.
Finalmente, se plantea establecer el marco legal que, en la práctica, permita "ejercitar el derecho fundamental a la legítima defensa" reconocido expresamente en el numeral 23 del artículo 2 de la Constitución, al estipular que "quien ejercita tal derecho goza de una presunción de inocencia"-contemplada en el literal “e” del numeral 24 del artículo 2 de la Constitución-respecto- respecto de la racionalidad de su respuesta a la agresión, por lo que la destrucción de la misma que es iuris tantum, requiere de motivación cualificada, bajo sanción de nulidad.
(FIN) DAA/RMCH
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Publicado: 29/8/2026