Minedu aprueba nuevo Estatuto de la Derrama Magisterial

Según norma publicada en el Diario Oficial El Peruano

Minedu aprueba nuevo marco estatutario para la Derrama Magisterial. Foto: INTERNET/Medios

Minedu aprueba nuevo marco estatutario para la Derrama Magisterial. Foto: INTERNET/Medios

08:27 | Lima, ago. 29.

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó el nuevo Estatuto de la Derrama Magisterial y dejó sin efecto el anterior, vigente desde 1988, que estaba conformado por nueve capítulos y 51 artículos.

El Decreto Supremo N.° 015-2026-MINEDU, publicado hoy en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, señala que el nuevo Estatuto de la Derrama Magisterial está conformado por 48 artículos y nueve disposiciones finales.


De acuerdo con la norma, la Derrama Magisterial fue establecida mediante el Decreto Supremo N.° 78, del 20 de diciembre de 1965, como una institución destinada a atender la seguridad y el bienestar de sus asociados, mediante servicios de previsión, crédito, inversión, vivienda y cultura, y comprende a los docentes del servicio oficial.

Posteriormente, mediante el Decreto Supremo N.° 021-88-ED, se aprobó su estatuto y se facultó al Ministerio de Educación para aprobar las modificaciones que se realizaran al mismo, así como dictar las medidas complementarias necesarias para su cumplimiento.

El nuevo decreto supremo precisa que se mantiene vigente el artículo 3 del Decreto Supremo N.° 021-88-ED, referido a las facultades otorgadas al Ministerio de Educación.

Asimismo, la norma también recuerda que la Derrama Magisterial se encuentra comprendida en el ámbito de control y supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), conforme a la Ley N.° 26516 y su modificatoria, la Ley N.° 29532.

Dicha supervisión comprende, entre otras facultades, la posibilidad de disponer la reestructuración, repotenciación, disolución y liquidación integral de la institución y de los fondos que administra, cuando se presenten causales objetivas de insolvencia e iliquidez, de acuerdo con las normas aplicables.


El decreto señala, además, que la propuesta del nuevo Estatuto fue remitida por la Presidencia del Directorio de la Derrama Magisterial mediante la Carta N.° 045-2026-DM-PD y que esta cuenta con opinión favorable de la SBS, comunicada mediante el Oficio N.° 32928-2025-SBS.

La mencionada resolución dispone que tanto la norma como el nuevo Estatuto sean publicados en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano y en la sede digital del Ministerio de Educación, en la misma fecha de su publicación en el diario El Peruano.

El decreto supremo lleva las firmas de la presidenta de la República, Keiko Sofía Fujimori Higuchi, y del ministro de Educación, José Antonio Chang Escobedo.



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Publicado: 29/8/2026