El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) fijó en cinco días hábiles el plazo máximo para la apelación contra el otorgamiento de una buena pro o los actos dictados con anterioridad a ella.
Este plazo se considera dentro los cinco días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (Pladicop).
Así lo estableció a través de la Resolución Directoral Nº 0028-2025-EF/54.01 publicada en la separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
Esta resolución directoral que rectifica la Resolución Directoral N° 0015-2025-EF/54.01, que aprueba la Directiva N° 0005-2025-EF/54.01 “Directiva que establece las Bases Estándar para los Procedimientos de Selección en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas”, en la cual se señalaba ocho días hábiles.
La norma también dispone la publicación de la presente Resolución Directoral y de la versión actualizada de las bases estándar de licitación pública abreviada de obras, conforme a lo dispuesto en el artículo precedente, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (
https://www.gob.pe/mef
), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial El Peruano.
La resolución directoral lleva la rúbrica de Walter Félix Carrillo Díaz, director general de la Dirección General de Abastecimiento.
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Published: 8/24/2025