El mercado financiero marcará un hito el 1 de setiembre cuando desde esa fecha los créditos de consumo –como préstamos vehiculares, personales, tarjetas de crédito, entre otros– se puedan contratar con seguro de desgravamen o sin este.
Ello al entrar en vigor la Resolución de la Superintendencia Nacional de Banca, Seguros y AFP (SBS) N.° 00890-2025.
Solo en los créditos hipotecarios se mantendrá como obligatorio, afirmó el ejecutivo Diego Rosell, quien recordó que este seguro movió 1,494 millones de soles a julio de este año y con la nueva normativa esperan cerrar el 2025 con 2,559 millones.
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Entre los cambios destacan la oferta de al menos una alternativa sin seguro, que se deberá informar antes de firmar el contrato de crédito, la prohibición de cobros fragmentados o en moneda distinta al crédito, así como de comisiones por evaluación de endoso, precisó.
Asimismo, dijo, habrá mayor transparencia, pues las entidades deberán publicar en su web oficial el costo de la prima y cualquier cargo de intermediación.
“Se corrigen vacíos que afectaban al usuario, como la imposibilidad de evitar el seguro en créditos de bajo monto, los costos extra por endoso y las barreras de acceso para personas con discapacidad”, detalló el gerente comercial de Consumos Masivos de Protecta Security.
Rosell recalcó que se ofrecen tres beneficios claves:
Elección real: cada persona podrá decidir si contrata o no el seguro de desgravamen, según su perfil y necesidades.
Menor costo: quienes opten por no contratarlo evitarán el pago de la prima, aunque en caso de muerte la deuda recaerá en sus familiares, mientras que quienes lo adquieran tendrán una prima ajustada y la tranquilidad de proteger a sus seres queridos.
Protección reforzada: se eliminan prácticas abusivas, se permiten endosos sin costo y se fijan plazos de respuesta de hasta 20 días, anotó.
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(FIN) DOP/JJN
Publicado: 30/8/2025