Como paso previo a la instalación del Congreso de la República, los parlamentarios electos están obligados a presentar declaraciones juradas, entre otros documentos ¿En qué consisten y qué información deben tener?
Dicho formulario debe ir acompañado de una declaración jurada de bienes y rentas, una declaración jurada de situación financiera y otra de no estar incurso en las incompatibilidades consignadas en el artículo 92 de la Constitución Política.
Este artículo precisa que el mandato del congresista es incompatible con el ejercicio de cualquiera otra función pública, excepto la de ministro de Estado, y el desempeño, previa autorización del Congreso, de comisiones extraordinarias de carácter internacional, entre otros.
La Oficialía Mayor publicará en el Diario Oficial El Peruano, y en otro de mayor circulación, la declaración jurada de bienes y rentas y la declaración jurada de no estar incurso en las incompatibilidades.
Los parlamentarios electos, en tanto no cumplan con los requisitos señalados, no podrán juramentar el cargo de congresista ni ejercerlo.
En el caso puntual de la declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas, los legisladores tienen la obligación de consignar sus ingresos mensuales provenientes del sector público y privado.
De igual forma, el valor de los bienes patrimoniales que posee (viviendas y vehículos, por ejemplo) y otros.
Por último, el formato contiene una casilla para precisar otra información que se considere obligatorio presentar.
(FIN) VVS/CVC
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Publicado: 12/3/2020