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¿Pensando en salir de vacaciones? Sunafil te explica cómo acceder a este derecho

La remuneración debe depositarse antes de que el trabajador salga de vacaciones

Foto: cortesía.

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12:00 | Lima, ene. 3.

Comenzó enero y más de uno pedirá vacaciones a fin de disfrutar del verano. Si ya lo estás pensando, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) te explica cómo disfrutar este derecho, en cinco pasos:

PASO 1: Averigua si tienes 30 días de vacaciones
Tienen derecho a 30 días de vacaciones remuneradas los trabajadores de la actividad privada que cuenten con una jornada laboral igual o mayor a cuatro horas diarias, y que hayan cumplido un año de servicios. Además deben cumplir con un récord vacacional. 

 


PASO 2: Tu empleador debe abonarte la remuneración antes del inicio de tus vacaciones
La remuneración debe ser equivalente a la que el trabajador percibe habitualmente y abonarse antes del inicio de las vacaciones. Por ejemplo, si decidimos salir el 10 de enero debería ser abonada antes de esa fecha. 
 
PASO 3: Tiempo considerado para el récord vacacional
Son varios los días que se computan para el récord vacacional: si trabajas durante cuatro horas al día se computa como un día de labor efectivo; de igual forma, el trabajo realizado en un día de descanso; el trabajo en un día domingo y las horas extras entre cuatro a más horas. Todos esos días adicionales que trabajaste se acumulan y sirven para que tengas derecho a las vacaciones. 
 
PASO 4: Licencias son consideradas para el récord
Las licencias también ingresan en el cómputo del récord vacacional. De este modo, el descanso previo y posterior al parto, así como las licencias sindicales solicitadas para participar en una huelga y el tiempo de prueba de los trabajadores son considerados días efectivos laborales para el descanso vacacional.
 
PASO 5: Trabajadores de part time y mypes también tienen vacaciones
Los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho a gozar de seis días de descanso vacacional, al amparo de lo dispuesto en el Convenio 52 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Por su parte, los trabajadores de las micro y pequeñas empresas, debidamente acreditadas en el Remype, tienen derecho a gozar de 15 días calendario de descanso vacacional. 
 
La Sunafil continuará promoviendo el cumplimiento de los derechos sociolaborales de los trabajadores, garantizando empleos dignos y decentes para todos los peruanos.

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(FIN) NDP/GDS/SDD
GRM

Publicado: 3/1/2024