Asimismo, dispone que la nueva fecha límite para la presentación de la información sea determinada conforme a las normas que dispongan el cese del estado de emergencia nacional, para lo cual se emitirá la correspondiente resolución.
En la parte considerativa refiere que, a raíz de la pandemia
causada por el covid-19, el Poder Ejecutivo ha dictado nuevas reglas de convivencia social que repercuten en forma directa en el trámite de los procedimientos administrativos de competencia de las entidades del sector público, así como en los plazos procesales y procedimentales, entre otros.
Según lo establecido, antes de la presencia del covid-19 en el país la fecha de entrega de esta información vencía el 1 de julio del 2020, pero que "no puede obviarse que a consecuencia de la declaración y prórroga del estado de emergencia las organizaciones políticas han visto reducido en los hechos el periodo que se les reconoce para recabar y procesar la información a presentar".
De igual modo agrega que el plazo de presentación de la información financiera anual 2019 se volverá a computar según las normas que dispongan el término de la situación excepcional.