El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó las condiciones para el otorgamiento del Bono Excepcional Anticorrupción de 2,400 soles mensuales a favor de los fiscales provinciales especializados en delitos de corrupción de funcionarios del Ministerio Público.
Mediante Decreto Supremo 044-2022-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece que el Bono Excepcional Anticorrupción no tiene naturaleza remunerativa, ni carácter pensionable, no constituye base de cálculo para beneficio alguno y su percepción se circunscribe únicamente al periodo del ejercicio de las funciones especiales.
El Bono Excepcional Anticorrupción es una entrega económica de periodicidad mensual, que se percibe por el periodo en que los fiscales provinciales especializados en delitos de corrupción de funcionarios del Ministerio Público ejerzan dichas funciones especiales.
Además, el Bono Excepcional Anticorrupción se entregará a los fiscales provinciales especializados en delitos de corrupción de funcionarios del Ministerio Público que cuenten con vínculo laboral vigente y se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).
El otorgamiento del Bono Excepcional Anticorrupción se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
En los considerandos de la norma se indica que la Nonagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que los fiscales provinciales especializados en delitos de corrupción de funcionarios del Ministerio Público, perciben el concepto de ingreso Bono Excepcional Anticorrupción equivalente a la suma de 2,400 soles.
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(FIN) CNA/JJN