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JNE presenta proyecto que adecúa normativa para elección de miembros del Congreso

Ante el retorno de la bicameralidad

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20:44 | Lima, jul. 7.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) presentó un proyecto de ley que modifica diferentes artículos de la Ley Orgánica de Elecciones y la Ley de Organizaciones Políticas, ello ante el retorno a la bicameralidad en el Congreso a partir del 2026.

La iniciativa busca permitir que “las reglas sean claras y ciertas, con la finalidad de que la contienda electoral se desarrolle con la transparencia que amerita y en virtud del principio de igualdad de oportunidad de los candidatos y el principio de seguridad jurídica”, resalta el organismo electoral en el oficio que dirige al Parlamento.

En el caso de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, se plantea la modificatoria de nueve artículos, a fin de incluir en la redacción los cambios que regirán para todas las elecciones generales, ya que ahora, además de 130 diputados, se elegirá a 60 miembros del Senado por un periodo de 5 años.

Entre otros puntos, se precisa que una parte de los senadores serán elegidos aplicando el sistema de representación proporcional por cada una de las 27 circunscripciones electorales, mientras que los restantes se elegirán por distrito único nacional.

En tanto, la elección de los diputados se realizará mediante el sistema del distrito electoral múltiple, aplicando el sistema de representación proporcional.


Se indica también en el artículo 84 que, en caso de dos censuras al Consejo de Ministros, el Presidente de la República estará facultado a disolver la Cámara de Diputados y se convocará de manera extraordinaria a elecciones para los nuevos miembros de la cámara, quienes completarán el periodo para el que fueron elegidos. 

Se modifica, además, el artículo 108, en donde se establece que los candidatos a la presidencia o a las vicepresidencias pueden, simultáneamente, integrar la lista de candidatos al Senado o Cámara de Diputados.


“Los candidatos a la Presidencia de la República que simultáneamente postulen al Senado o Cámara de diputados, en caso de resultar electo en el cargo de presidente, no podrá asumir función en el Senado o Cámara de diputados y es reemplazado temporalmente por el candidato que le sigue en el orden de votación, hasta que se produzca la culminación del mandato presidencial”, señala el texto propuesto para dicho artículo.

En cuanto al límite de edad para los candidatos a senadores, se establece que deberán haber cumplido 45 años al momento de la presentación de la solicitud de inscripción de candidaturas ante el jurado electoral especial (JEE); o, en todo caso, debe haber sido congresista o diputado.

La propuesta también plantea modificar la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, en cuanto a las causales de cancelación de la inscripción de un partido político.

Señala que ello ocurrirá si, en el último proceso de elección general, el partido no hubiera alcanzado no menos del 5% del número legal de sus miembros o el 5% de los votos válidos a nivel nacional de la elección congresal.

La propuesta fue presentada por el JNE el pasado 5 de julio al Congreso de la República y deberá ser derivada a comisión para su análisis.

(FIN) MCA/JCR
JRA

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Publicado: 7/7/2024