El boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano difunde una serie de dispositivos de interés público y de impacto para la marcha del país. Conoce a continuación cuáles son las normas legales más relevantes de hoy.
Congreso de la República
Uso de Grilletes Electrónicos como Alternativa a la Prisión.
Ley Nº 32257.
El Congreso promulgó la Ley Nº 32257, que declara de interés nacional el uso de grilletes electrónicos para delitos menores. Esta medida busca reducir el hacinamiento penitenciario y dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Constitucional en el Expediente 05436-2014-PHC/TC.
La norma dispone que, en caso de implementarse esta alternativa, los ministerios de Justicia y Derechos Humanos, del Interior y de Economía y Finanzas, junto con el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú, deberán coordinar acciones para garantizar su adecuada aplicación.
Asimismo, la ley establece un plazo de 180 días para que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en conjunto con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), apruebe el Código de Conducta del Servidor Penitenciario. Este código regulará el comportamiento de los funcionarios encargados de la ejecución de penas y medidas de seguridad, garantizando estándares éticos en la administración penitenciaria.
Congreso de la República
Modifican el Código Penal para determinar la pena en casos de tentativa. Ley N° 32258
Se oficializó la Ley Nº 32258, aprobada por el Congreso, que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635 para determinar la pena en casos de tentativa e incorporar delitos para la suspensión de la ejecución de la pena.
Así, la norma modifica los artículos 16 y 57 —párrafo cuarto— del Código Penal, Decreto Legislativo 635. El juez reprimirá la tentativa disminuyendo prudencialmente la pena, excepto en los casos de los delitos regulados en los artículos 108-B, 152, 189, 200, con excepción de los párrafos tercero y cuarto y 317. Estos artículos están referidos a los delitos de feminicidio, secuestro, robo agravado y extorsión.
También, en los delitos comprendidos en el Título I-A y en el Capítulo IX del Título IV del Libro Segundo del Código Penal, referidos al abuso de la libertad sexual, donde la disminución no es mayor que un tercio del mínimo de la pena fijada por ley.
El artículo 57, sobre los requisitos para la suspensión de la ejecución de la pena, establece que el juez puede suspender la ejecución de la pena siempre que se reúnan ciertos requisitos.
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
Se dispone la publicación del proyecto que modifica el Reglamento de la Ley N° 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), aprobado por D.S. N° 008-2020-MINCETUR, con la finalidad de actualizar las disposiciones generales del mencionado Reglamento para permitir una mejor operación de la VUCE que facilite y haga más eficientes las operaciones de comercio exterior y transporte internacional.
Tal publicación se realiza en el portal web institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/ mincetur), con el objeto de recibir comentarios o sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y personas naturales interesadas.
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Se dispone la publicación del proyecto que modifica el Reglamento de Protección Ambiental del Sector Transportes, aprobado por D.S. N° 004-2017-MTC, en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), a fin de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de 15 días calendario.
El proyecto busca contrarrestar la alta tasa de incumplimiento de requisitos en la presentación de instrumentos de gestión ambiental por parte de los titulares de infraestructura de transporte, lo cual ocasiona el retraso en el otorgamiento de la viabilidad ambiental y, con ello, la demora en la ejecución de los proyectos de inversión y otros.
Superintendencia Nacional de Migraciones
Se aprueba la Directiva - Lineamientos para el Control Migratorio a Nivel Nacional de personas nacionales y extranjeras en los Puestos de Control Migratorio, Puestos de Control Fronterizo y Centros Binacionales de Atención en Frontera habilitados por la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones).
La directiva deberá entrar en vigencia con la entrada en funcionamiento del control migratorio en el nuevo terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. Tal Directiva se publica en el portal institucional de Migraciones (www.gob.pe/ migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
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(FIN) CVC
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Publicado: 14/3/2025