El próximo lunes 15 de mayo vencerá el plazo para que las empresas depositen la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). En ese sentido, la Cámara de Comercio de Lima recordó que la Sunafil puede aplicar multas por no pagar este beneficio en la fecha establecida.
Asimismo, por no entregar la hoja de liquidación con el cálculo de la CTS dentro de los cinco días de efectuado el depósito (infracción leve).
Según su informe, las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por Decreto Supremo 008-2020-TR (10/02/20). Se trata de tres escalas de multas diferenciadas, la primera para la microempresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (no mype).
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Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT (4,950 soles vigente en el 2023).
Las multas para las micro y pequeñas empresas inscritas en Remype no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1 % de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
En el cuadro siguiente se indican las multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la CTS, según se trate de microempresas, pequeñas empresas, medianas y grandes empresas.
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(FIN) DOP/RGP /JJN
GRM
Publicado: 4/5/2023