Elecciones 2026: JNE aprueba reglamento del registro de encuestadoras

ANDINA/Eddy Ramos

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09:30 | Lima, feb. 21.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, el cual establece procedimientos de inscripción, renovación y cancelación para garantizar transparencia en la difusión de encuestas.


El objetivo de la Resolución Nº 0340-2026-JNE es asegurar la veracidad, publicidad responsable y acceso a información confiable de la información difundida. Cabe señalar que este reglamento no se limita a un proceso electoral específico, por lo que su regulación es de manera continua.

Asimismo, tiene como finalidad verificar el cumplimiento de requisitos para la inscripción, actualización y cancelación en el registro. 

Respecto a su alcance, la norma será aplicada por el JNE, a través de sus unidades competentes, y deberá ser observada por las encuestadoras incluso cuando no exista un proceso electoral en curso.

¿Cómo funciona?

El Registro Electoral de Encuestadoras es público y se organiza en un libro electrónico donde cada encuestadora cuenta con una partida propia.

Además, la inscripción en el registro tiene efecto constitutivo, es decir, otorga la autorización para difundir resultados de encuestas de intención de voto o simulacros en cualquier medio de comunicación.

Entre los datos que se consignan figuran la denominación de la encuestadora, representante legal, domicilio, página web, profesionales acreditados y fecha de inscripción, además de las modificaciones o sanciones posteriores.

Procedimientos

La inscripción tendrá una vigencia de tres años, contados desde su publicación en la web institucional del JNE.

El plazo para que la autoridad evalúe solicitudes de inscripción o renovación es de cinco días hábiles. Por otro lado, en caso de una denegatoria, las encuestadoras podrán presentar recursos de reconsideración o apelación.

Finalmente, la cancelación se producirá cuando venza la vigencia sin solicitar renovación o cuando la encuestadora no subsane observaciones dentro del plazo otorgado.

(FIN) ETA/JCC

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Publicado: 21/2/2026