La Comisión de Defensa del Congreso debatirá este lunes el proyecto de ley que dispone el reconocimiento histórico del accionar de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional y de la sociedad civil organizada en la lucha contra el terrorismo.
La propuesta legal, dijo Javier Velásquez Quesquén, titular de dicho grupo de trabajo, tiene como objetivo
promover en los contenidos del Currículo Nacional de Educación Básica el trabajo realizado contra el terrorismo en el logro de la pacificación nacional, resaltando su valía histórica en la defensa del estado de derecho.
Según señaló, la norma también propone la realización de actividades académicas y culturales en la agenda de la conmemoración del
Bicentenario de la Independencia del Perú, a fin de establecer el reconocimiento histórico y político de la pacificación nacional.
“Lo que buscamos es que nuestra sociedad, especialmente los jóvenes escolares, conozcan y valoren el esfuerzo, sacrificio y vida otorgada por los heroicos miembros de las FF.AA, PNP, y la sociedad civil organizada que participaron en la lucha contra el terrorismo y la pacificación”, indicó el legislador.
De otro lado, informó que se discutirá el proyecto de ley que modifica el Código Penal y Procesal Penal y el Decreto Legislativo 1106, de
lucha eficaz contra el lavado de activos y otros delitos relacionados con la minería ilegal y crimen organizado con la finalidad de combatir la delincuencia común.
La iniciativa, presentada por el Poder Ejecutivo, tiene por finalidad proteger las buenas prácticas en los negocios entre privados, sancionando penalmente los actos de violencia o amenaza para el cumplimiento de obligaciones contractuales sea cualquiera su origen o naturaleza, mediante una mejora del marco punitivo.
Se busca así fortalecer la función de investigación de la Policía Nacional, respetando la función del Ministerio Público como titular de la acción penal y conductor de la investigación correspondiente.
Para ello, mencionó, se plantea modificar el artículo 200 del Código Penal, referido a la extorsión, y se señala que se aplicará una pena privativa de la libertad no menor de 10 ni mayor de 15 años a quien suministra información que haya conocido por razón o con ocasión de sus funciones, cargo u oficio, proporciona deliberadamente los medios para su ejecución o colabora con el financiamiento parcial o íntegro.
También se incorpora el capítulo IV en el título VI del libro segundo del Código Penal, incluyendo el artículo 215-A, cobro coactivo, señalándose que él que, mediante violencia, amenaza o aprovechando cualquier contexto de coacción, en beneficio propio o de tercero, obliga a otro a dar, parcial o íntegramente, pagos, bienes o servicios que fueron objetos de acuerdo ilícito, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de cinco años.
Asimismo, se propone modificar los artículos 65, 67 y 68 del Código Penal con la finalidad de aclarar las funciones y atribuciones de la Policía Nacional en la realización de las investigaciones, respetando la calidad del Ministerio Público, ello a efectos de evitar interpretaciones que impliquen la inacción por parte de la PNP y dificulten la correcta persecución del delito.
(FIN) NDP/VVS
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Publicado: 12/11/2017