Andina

Cultura determina protección provisional para sitios arqueológicos en Ica y Ayacucho

Se han detectado huaqueo y remoción de terrenos con fines agrícolas y urbanísticos

Las resoluciones de protección de los sitios arqueológicos están firmadas por Gilberto Córdova Herrera, titular de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Mincul.ANDINA/Eddy Ramos.

Las resoluciones de protección de los sitios arqueológicos están firmadas por Gilberto Córdova Herrera, titular de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Mincul.ANDINA/Eddy Ramos.

19:04 | Lima, ene. 7.

El Ministerio de Cultura (Mincul) dispuso la protección provisional de los sitios arqueológicos Huaca Grande sector A y B, ubicado en el distrito de Sunampe, provincia de Chincha, departamento de Ica; y de Osqollopampa Sector I y II, ubicado en el distrito de Pausa, provincia de Paúcar del Sara Sara, departamento de Ayacucho, debido a actividades humanas que ponen en riesgo sus instalaciones.

En el primer caso, de acuerdo a la Resolución Directoral N° 000001-2024-DGPA-VMPCIC/MC, publicada en el cuadernillo de Normas Legales el Diario Oficial El Peruano, se ha detectado la remoción de terreno con fines agrícola y zonas urbanas.

De acuerdo a los informes de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ica, el monumento arqueológico prehispánico viene siendo objeto de afectación verificada debido a agentes antrópicos de remoción de suelo, excavación con fines agrícolas, como también depósitos propensos a la afectación antrópica, con la finalidad de expandir nuevas zonas de habilitación urbana.


Ante ello se ha dispuesto que se coloquen señalizaciones en el sitio arqueológico, así como la instalación de hitos de delimitación para la protección correspondiente.

Osqollopampa - Páucar del Sara Sara

Del mismo modo, el Mincul también dispuso del sitio arqueológico Osqollopampa Sector I y II, ubicado en el distrito ayacuchano de Pausa, que está en riesgo por actividades del hombre y factores naturales mediante la Resolución Directoral N° 000002-2024-DGPA-VMPCIC/MC.

Entre los factores causados por el hombre se indicó la expansión de terrenos y el huaqueo de las estructuras funerarias. 
También se evidencia la ejecución de trabajos inconsultos (acondicionamiento trochas carrozables) muy próximos al sitio.

Entre los factores naturales se menciona que debido al emplazamiento del sitio arqueológico (ladera de promontorios rocosos), este es afectado por las escorrentías de aguas en temporada de lluvias.

Igualmente, se señala que el intemperismo (alteración de materiales rocosos) afecta notablemente a los elementos constructivos de las diferentes estructuras.

El sitio arqueológico se encuentra ubicado hacia la ladera de un promontorio rocoso, por lo que ha sido afectado por las escorrentías de aguas en temporada de lluvias, así como por el intemperismo que daña notablemente a los materiales constructivos de las estructuras.

Frente a esta situación,  se ha dispuesto encargar a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho tome las medidas correspondientes para la protección del  monumento prehispánico.

Las resoluciones de protección de los sitios arqueológicos están firmadas por Gilberto Córdova Herrera, titular de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Mincul.

(FIN) JCB/TMC

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Publicado: 7/1/2024