Andina

Chimbote multará con S/ 2,000 a quien impida fumigación contra el dengue

Inmueble renuente será declarado como “lugar de riesgo sanitario”

Chimbote multará con S/ 2,000 a quien impida a brigadistas de salud fumigar viviendas contra el dengue. ANDINA

Chimbote multará con S/ 2,000 a quien impida a brigadistas de salud fumigar viviendas contra el dengue. ANDINA

11:10 | Chimbote, ene. 25.

El Concejo Municipal de la provincia del Santa aprobó una ordenanza que establece una multa de más de 2,000 soles para las personas que impidan el ingreso a sus viviendas o establecimientos al personal de salud que realiza labores de prevención de vectores transmisores del dengue, zika y chikunguña.


La ordenanza establece que la multa será aplicada a los pobladores de la ciudad de Chimbote y distritos de la provincia que sean reincidentes en esta falta. Se precisa que el inmueble renuente será declarado como “lugar de riesgo sanitario”.

El objetivo de la ordenanza es la promoción y ejecución de actividades dirigidas a la prevención del dengue, chikunguña y zika a través de la implementación de medidas para evitar la proliferación de criaderos de larva y zancudos del Aedes Aegypti, vector transmisor de estas enfermedades.

La ordenanza señala que todo propietario o inquilino de un inmueble deberá obligatoriamente eliminar los recipientes que existan en el interior, techo y alrededores en donde pueda estancarse el agua; mantener debidamente tapados los recipientes que sean utilizados para almacenar agua para uso doméstico, como: barriles, tanques, cilindros y otros similares; de igual manera, realizar el drenaje de las aguas estancadas en patios, jardines y todo espacio abierto del inmueble.


Asimismo, queda prohibido el uso de agua en floreros para plantas ornamentales, plantas acuáticas y flores destinadas al uso doméstico, oficinas, comercios y cementerios, debiendo estar condicionado al uso de área húmeda, a fin de evitar la proliferación de criaderos.

Estas disposiciones son aplicables a los propietarios o inquilinos de viviendas, mercados, establecimientos comerciales y lugares de concentración de pública.

También es aplicable a toda persona dedicada a la industria del transporte, quienes deberán garantizar que sus unidades se encuentren libres de agentes transmisores de la enfermedad.


La sanción abarcará desde el 10 por ciento de una unidad impositiva tributaria (UIT) hasta 2 UIT, equivalente a 415 y 8,300 soles, respectivamente, dependiendo de la gravedad de la infracción. En los próximos días se oficializará esta ordenanza.

(FIN) GHD/MAO

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Publicado: 25/1/2018