Nilton Carhuajulca Sánchez fue sentenciado a seis años y diez meses de prisión efectiva por el Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Tarapoto de la Corte Superior de San Martín tras haber sido hallado culpable del delito de tráfico ilegal de productos forestales maderables en su forma agravada, contemplado en el artículo 310-A del Código Penal peruano.
Explicó que el sentenciado Nilton Carhuajulca Sánchez fue hallado responsable de haber almacenado y custodiado, sin autorización ni documentación que acredite su origen legal, un total de 3,848 pies tablares de madera de la especie forestal conocida como cedro rojo (Cedrela odorata), en un inmueble ubicado en el centro poblado de Alto Perú, distrito de Soritor, provincia de Moyobamba, región San Martín.
El representante del Ministerio Público precisó que el investigado no presentó guías de transporte forestal, planes de manejo ni permisos de aprovechamiento otorgados por la autoridad competente, lo que demuestra que la
madera fue obtenida al margen del marco legal vigente en materia forestal y de fauna silvestre. Esta omisión constituye una infracción grave, ya que impide la trazabilidad y verificación del origen lícito del recurso, favoreciendo actividades ilícitas que amenazan directamente los bosques amazónicos del país.
Asimismo, el fiscal resaltó que la conducta del imputado reviste mayor gravedad debido a que el cedro rojo es una especie forestal categorizada como “vulnerable” y “amenazada”, tanto a nivel nacional como internacional. Dicha especie está incluida en el Apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), lo que implica que su comercio y aprovechamiento están sujetos a estrictos controles para evitar su extinción. Por tanto, el accionar del condenado no solo afectó el patrimonio forestal nacional, sino que también contravino compromisos internacionales asumidos por el Estado peruano en materia de conservación y manejo sostenible de los recursos naturales.

Por último, el fiscal Taica Luliquis destacó que, gracias a un trabajo técnico y legal articulado entre el Ministerio Público y los órganos jurisdiccionales, se logró obtener una sentencia condenatoria de seis años y diez meses de pena privativa de la libertad efectiva, así como la disposición de ejecución provisional de la condena, en tanto sea confirmada o modificada por una instancia superior.
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